Cambió para siempre la Ley 73 del IMSS por fallo de la Suprema Corte: millones de pensionados ya cobran más dinero que antes
A través de una resolución histórica de años atrás, la SCJN eliminó la discriminación en el cálculo de pensiones para ascendientes, equiparando sus beneficios con los de viudez.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)ha emitido un fallo en 2023 que modificó la aplicación de la Ley del IMSS de 1973 y favoreció a millones de pensionados. La Segunda Sala del máximo tribunal determinó que los criterios actuales de asignación económica vulneraban el derecho a la igualdad, marcando un precedente que beneficia directamente a las familias de los trabajadores fallecidos que cotizaron bajo este régimen.
La resolución surge tras identificar que la normativa anterior resultaba discriminatoria al otorgar porcentajes disparatados según el parentesco. Mientras que a un cónyuge o concubino sobreviviente se le asignaba el 90% de la pensión, a los padres del trabajador (ascendientes) solo se les reconocía un 20%, a pesar de que estos también dependieran económicamente del asegurado.
Con este fallo, la Corte ordena que los padres tengan derecho a recibir el mismo 90%, equiparando su situación a la de una pensión por viudez.
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IMSS: un derecho derivado del esfuerzo laboral, no una concesión
El máximo tribunal fue enfático al precisar que la pensión no debe ser vista como un beneficio gratuito o discrecional por parte del Estado o del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Por el contrario, se trata de un derecho humano derivado de las aportaciones que el trabajador realizó durante toda su vida activa. "La pensión se gesta con el esfuerzo del trabajador, por lo que no puede existir una distinción injustificada entre los beneficiarios", sentenció la SCJN en su dictamen.
Este cambio de paradigma coloca al derecho a la subsistencia de los beneficiarios —ya sean cónyuges, hijos o ascendientes— como el eje central de la seguridad social. La Corte subraya que el objetivo primordial es garantizar que, tras el fallecimiento del pilar económico, quienes dependían de él no queden en una situación de vulnerabilidad extrema por criterios administrativos arbitrarios.
IMSS: el impacto directo en el bolsillo de los beneficiarios
Con esta resolución, el IMSS está obligado a reconocer el 90% de la pensión para los padres que acrediten dependencia económica, siempre y cuando no existan cónyuge, concubina o hijos con derecho preferente. Esta modificación tiene un alcance masivo, ya que la Ley de 1973 sigue siendo el esquema bajo el cual millones de mexicanos planean su retiro o protegen a sus familias en la actualidad.
La decisión de la Corte no es solo una recomendación, sino que crea un precedente obligatorio. Esto significa que todos los jueces y tribunales de la República deberán aplicar este criterio en favor de los ciudadanos, simplificando los procesos legales para aquellos padres que anteriormente recibían una fracción mínima de lo que sus hijos aportaron al sistema de seguridad social.
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IMSS: diferencias entre Ley 73 y Ley 97
Ley 73
Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
Ley 97
Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 1,250 semanas de cotización.
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