6 de junio 2026 - 09:00

Cómo se puede anotar a trabajadoras del hogar en el IMSS: esto debes saber en junio 2026

Fíjate de qué manera puedes inscribir a las trabajadoras que necesites anotar en el organismo de previsión social. Paso por paso, checa cómo hacerlo.

Checa lo que tiene para decir el IMSS. 

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Inscribir a una trabajadora del hogar en el Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS) ya no es una opción voluntaria para los empleadores en México. Desde mayo de 2023, la afiliación al IMSS se convirtió en una obligación legal que busca garantizar acceso a servicios médicos, pensión, guarderías y otras prestaciones para uno de los sectores históricamente más desprotegidos del mercado laboral.

La medida forma parte de una serie de reformas impulsadas en los últimos años para fortalecer los derechos laborales de las personas trabajadoras del hogar. Entre los cambios más importantes destacan el reconocimiento formal de esta actividad dentro de la Ley Federal del Trabajo y la incorporación obligatoria al régimen de seguridad social.

imss

A pesar de estos avances, la cobertura todavía se encuentra lejos de alcanzar a toda la población que se dedica a esta actividad. De acuerdo con cifras del propio IMSS, al corte de febrero de 2026 apenas 38 mil 643 trabajadoras del hogar estaban afiliadas, una cifra que representa alrededor del 1.8% del total de personas que realizan este trabajo en el país. Por ello, las autoridades continúan promoviendo el registro y recordando a los empleadores que se trata de una obligación establecida por la ley.

Qué es lo que cubre el seguro: punto por punto

Una vez que la trabajadora del hogar queda registrada ante el IMSS, obtiene acceso a los cinco seguros contemplados en la Ley del Seguro Social. Estos beneficios no tienen restricciones especiales y buscan brindar protección integral tanto a la persona asegurada como a sus beneficiarios.

El primero es el Seguro de Enfermedades y Maternidad, que incluye atención médica, hospitalaria y farmacéutica. Además, contempla incapacidades por enfermedad general y seguimiento médico durante el embarazo. También existe el Seguro de Riesgos de Trabajo, diseñado para cubrir accidentes laborales, enfermedades derivadas de la actividad profesional, rehabilitación, prótesis y pensiones cuando corresponda.

Otro beneficio es el Seguro de Invalidez y Vida, que protege a la trabajadora en caso de invalidez permanente y brinda respaldo económico a sus familiares si ocurre un fallecimiento. A ello se suma el Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, mediante el cual se generan recursos para una futura pensión. Este componente resulta fundamental para garantizar estabilidad económica durante la etapa de retiro.

Finalmente, el Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales permite acceder a servicios de cuidado infantil, actividades deportivas, culturales y programas de desarrollo social. Además, la afiliación activa automáticamente los derechos ante el Infonavit para comenzar a generar ahorro destinado a una vivienda.

IMSS Ley 73

¿Qué se necesita saber para hacer el trámite?

El proceso para registrar a una trabajadora del hogar en el IMSS puede realizarse completamente en línea y no requiere documentación física durante la etapa inicial. La persona empleadora únicamente necesita contar con su CURP y una dirección de correo electrónico vigente. Por su parte, la trabajadora debe proporcionar su Número de Seguridad Social (NSS), CURP, domicilio, salario y los días que labora.

Si la trabajadora todavía no tiene NSS, puede obtenerlo gratuitamente por internet utilizando únicamente su CURP y una cuenta de correo electrónico. El trámite digital se realiza a través del portal oficial del IMSS, disponible las 24 horas del día. El sistema solicita primero los datos del empleador y posteriormente la información laboral de la persona trabajadora.

Después de capturar todos los datos, el sistema genera un formato de incorporación y una línea de captura para realizar el pago correspondiente. Las cuotas se calculan con base en el salario real de la trabajadora y deben cubrirse conforme a los plazos establecidos por el instituto.

El registro no tiene costo. Sin embargo, el empleador está obligado a cubrir las cuotas obrero-patronales para mantener vigente el aseguramiento y garantizar el acceso a todos los beneficios de seguridad social.

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