21 de noviembre 2025 - 18:50

El IMSS anuncia mega feliz noticia para los jubilados que recibieron poco dinero en su aguinaldo 2025

Esta apertura del IMSS se presenta como una “mega feliz noticia” para ese sector de adultos mayores que, tras cobrar su pensión y aguinaldo, aún necesitan respaldo financiero antes del cierre del año.

El IMSS anuncia mega feliz noticia para los jubilados que recibieron poco dinero en su aguinaldo 2025.

El IMSS anuncia mega feliz noticia para los jubilados que recibieron poco dinero en su aguinaldo 2025.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha informado sobre una ayuda extraordinaria dirigida a jubilados que consideraron insuficiente el monto de su aguinaldo 2025. A través del servicio digital denominado “Tu Préstamo Fácil y Seguro”, los pensionados pueden solicitar un adelanto de su pensión para cubrir gastos urgentes o imprevistos. Este apoyo representa un alivio para quienes ya recibieron su aguinaldo y aún requieren recursos adicionales antes de final de año.

En muchos casos los jubilados esperaban recibir un aguinaldo equivalente a una mensualidad completa de pensión. Sin embargo, dependiendo del régimen y la modalidad de retiro, algunos recibieron montos menores o incluso ningún ingreso adicional.

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¿En qué consiste el adelanto de pensión del IMSS para jubilados?

La mega feliz noticia del IMSS permite a los jubilados tramitar un préstamo a cuenta de su pensión mensual, siempre que estén bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973. De esta forma, si el aguinaldo no bastó para cubrir gastos extraordinarios, la institución habilita la opción de recibir dinero extra anticipado, con descuento posterior en la pensión mensual.

El mecanismo opera mediante entidades bancarias autorizadas, y el descuento no debe exceder del 30 % del monto mensual de pensión del beneficiario. Este esquema aporta liquidez inmediato sin modificar en sí el monto total de la pensión, pero sí implica una deducción futura.

¿Quiénes pueden solicitar este adelanto y qué requisitos se exigen?

Para ser elegible al adelanto, el jubilado debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Ser pensionado bajo la Ley del 73 (cotización iniciada antes del 1 de julio de 1997).

  • Que la pensión se encuentre vigente.

  • Que el descuento mensual por el préstamo, sumado a otros descuentos vigentes, no supere el 30 % de la pensión mensual.

  • Para nuevos préstamos, debe haber transcurrido al menos 3 meses desde la última solicitud similar.

Esto asegura que el adelanto sea accesible, pero también que la obligación sea manejable para los pensionados.

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