8 de abril 2025 - 21:00

El IMSS dará un beneficio para parejas recién casadas: de qué se trata

Conoce de qué es que se trata este beneficio que el esquema de pensiones de México dará para parejas recién casadas.

Conoce este beneficio para parejas recién casadas del IMSS.

Conoce este beneficio para parejas recién casadas del IMSS.

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Este apoyo representa una prestación en dinero que se otorga por única vez a los trabajadores afiliados al IMSS que cumplen con ciertos requisitos. Su objetivo es proporcionar un alivio económico inicial en esta nueva etapa de vida, facilitando la transición hacia la vida matrimonial con un respaldo financiero adicional.

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A continuación, detallaremos en qué consiste esta ayuda, a quiénes está dirigida y cuáles son los requisitos necesarios para acceder a ella.

¿De qué se trata esta pensión y a quiénes aplica?

La Ayuda para Gastos de Matrimonio es una prestación económica que el IMSS otorga a sus asegurados que han contraído matrimonio civil. El monto de esta ayuda equivale a 30 días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente al momento de la celebración del matrimonio.

Este beneficio está dirigido a trabajadores que cumplen con los siguientes criterios:

  • Asegurados activos: Deben estar vigentes en sus derechos como asegurados al momento de la celebración del matrimonio civil. En caso de haber causado baja, podrán solicitar la prestación si el matrimonio se contrajo dentro de los 90 días hábiles posteriores a la fecha de baja.

  • Matrimonio civil posterior al 30 de junio de 1997: Solo se consideran los matrimonios civiles celebrados después de esta fecha para la elegibilidad del beneficio.

Es importante destacar que esta ayuda se otorga por única vez y no afecta las semanas cotizadas del trabajador, ya que los recursos provienen de la cuenta individual del asegurado.

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¿Cuáles son los requisitos para suscribirse al beneficio?

Para acceder a la Ayuda para Gastos de Matrimonio, los asegurados deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Mínimo de 150 semanas cotizadas: Tener acreditadas al menos 150 semanas de cotización en el seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez al momento de la celebración del matrimonio.

  • No haber recibido este beneficio anteriormente: La prestación se otorga una sola vez, por lo que no debe haberse ejercido este derecho con anterioridad.

Documentación necesaria

  • Identificación oficial vigente: Puede ser la credencial para votar, pasaporte, cartilla del Servicio Militar Nacional, entre otras aceptadas por el IMSS.
  • Copia certificada del acta de matrimonio: Documento que acredita la celebración del matrimonio civil.
  • Estado de cuenta de la AFORE: Documento que demuestre la administración de la cuenta individual del asegurado.
  • Documento con el Número de Seguridad Social (NSS): Puede ser cualquier documento emitido por el IMSS, INFONAVIT o una AFORE que contenga el NSS y el nombre del asegurado.

Para tramitar esta ayuda, el asegurado debe acudir a su Unidad de Medicina Familiar (UMF) correspondiente y solicitar la Resolución de Ayuda para Gastos de Matrimonio. Una vez obtenida la resolución, deberá presentarse en la AFORE que administra su cuenta individual para solicitar la cantidad correspondiente.

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