Quienes comenzaron su vida laboral formal después del 1 de julio de 1997 enfrentarán un proceso de retiro distinto al de las generaciones que cotizaron bajo el régimen anterior. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) establece para este grupo un sistema en el que la cuenta individual administrada por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) tiene un papel determinante al momento de definir las opciones disponibles.
Por esa razón, conocer desde ahora las alternativas puede marcar una diferencia para los trabajadores que todavía están lejos de la edad de retiro. La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) supervisa el funcionamiento de este sistema, que contempla tres caminos principales: Renta Vitalicia, Retiro Programado y Pensión Mínima Garantizada.
IMSS Ley 97: lo que debes saber sobre tu retiro
El Régimen 97 no significa que los trabajadores estén excluidos de una pensión. Lo que cambia es la manera en que se determina y financia el ingreso durante la jubilación. Para acceder a una prestación es necesario cumplir con determinadas condiciones de edad y semanas de cotización, además de contar con la documentación correspondiente.
Una vez que el trabajador llega al momento de iniciar su retiro, existen tres modalidades que pueden entrar en juego. Cada una tiene características diferentes y está vinculada con el dinero disponible en la cuenta individual.
Renta Vitalicia
La Renta Vitalicia consiste en contratar con una aseguradora una pensión que se pagará durante toda la vida del pensionado. El trabajador selecciona la compañía entre las opciones que el IMSS presenta mediante el Documento de Oferta, una vez que existe una resolución favorable.
El monto está relacionado con el saldo acumulado en la Afore, mientras que la pensión se actualiza anualmente conforme a la inflación. Además, esta modalidad incluye un Seguro de Sobrevivencia, cuyo objetivo es proteger a los beneficiarios cuando fallece el pensionado.
El trámite comienza ante el IMSS, donde se presenta la solicitud correspondiente. Después de recibir la resolución, el trabajador continúa el procedimiento con la aseguradora que haya elegido para comenzar a recibir los pagos.
También existe una alternativa de retiro anticipado cuando la pensión calculada supera en más de 30% la Pensión Mínima Garantizada. En ese supuesto, el excedente puede retirarse en efectivo y, bajo las condiciones establecidas, puede estar exento de impuestos.
El sistema de cuentas individuales determina buena parte de las condiciones del retiro.
Retiro Programado
Otra posibilidad es el Retiro Programado, modalidad en la que la propia Afore administra los recursos y entrega periódicamente una cantidad al pensionado.
En este caso, el pago mensual no depende de una cantidad previamente fija para toda la vida, sino de variables como el saldo disponible, los rendimientos generados y la esperanza de vida estimada. Por ello, los recursos se utilizan gradualmente hasta que se agotan.
Al igual que ocurre con la Renta Vitalicia, se contempla un Seguro de Sobrevivencia para brindar protección a los beneficiarios. El procedimiento comienza ante el IMSS y, una vez emitida la resolución correspondiente, el trabajador debe acudir a su Afore para iniciar los pagos.
Pensión Mínima Garantizada
La Pensión Mínima Garantizada representa una opción para quienes reúnen las condiciones de edad y semanas de cotización, pero cuyo ahorro resulta insuficiente para financiar una Renta Vitalicia o un Retiro Programado. El número de semanas requerido aumenta progresivamente. En 2025 fueron necesarias 850 semanas, mientras que la cifra se incrementa en 25 semanas cada año hasta alcanzar las 1,000 semanas en 2031.
Para solicitarla es necesario contar con la resolución del IMSS y presentar los documentos correspondientes. Una vez autorizado el beneficio, la Afore interviene en el proceso de pago conforme a las reglas aplicables.
¿Qué sucede si no cumples los requisitos para una pensión? Llegar a la edad de retiro sin reunir las semanas necesarias no implica que desaparezca el dinero acumulado durante la vida laboral. Cuando el trabajador no cumple las condiciones para recibir una pensión, el IMSS puede emitir una Negativa de Pensión.
Existen tres alternativas para recibir los recursos acumulados al llegar a la edad de jubilación.
Con este documento, la persona puede acudir a su Afore para solicitar la entrega de los recursos que correspondan en una sola exhibición. Entre ellos pueden encontrarse los fondos acumulados por Cesantía, Vejez e Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) 1997, si existen recursos en esos conceptos.
Los fondos correspondientes al SAR IMSS 92 y SAR Infonavit 92 cuentan con reglas particulares y pueden entregarse al llegar a los 65 años. Para realizar el procedimiento también es necesario contar con recursos en la cuenta individual y mantener actualizado el Expediente de Identificación del Trabajador.
IMSS Ley 96: requisitos y documentos
Aunque el encabezado solicitado hace referencia a la “Ley 96”, es importante precisar que la información proporcionada corresponde al Régimen 97 del IMSS, aplicable a quienes comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997. Para solicitar una pensión bajo este esquema se debe cumplir con la edad correspondiente. En el caso de Cesantía en Edad Avanzada se requieren 60 años, mientras que para obtener una pensión por Vejez se deben cumplir 65 años.
El trabajador también debe acreditar las semanas de cotización establecidas para el año en que realiza el trámite. El requisito se encuentra en una etapa de incremento gradual: parte de 850 semanas y aumenta 25 cada año hasta llegar a 1,000 semanas en 2031.
La documentación es otro punto que conviene revisar con anticipación. Entre los documentos que pueden solicitarse se encuentran una identificación oficial, el estado de cuenta de la Afore o comprobante de registro, un estado de cuenta bancario con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) y la resolución de pensión emitida por el IMSS.
No cumplir las semanas requeridas no significa perder el ahorro acumulado durante la vida laboral.
También es indispensable contar con el Expediente de Identificación del Trabajador actualizado, ya que contiene información necesaria para realizar distintos trámites relacionados con la cuenta individual. El primer paso consiste en acudir al IMSS para presentar la solicitud y obtener la resolución correspondiente. Si se cumplen los requisitos, el trabajador podrá continuar con la modalidad de pensión que corresponda ante su Afore. Si no los reúne, recibirá una Negativa de Pensión y podrá iniciar el procedimiento para disponer de los recursos que sean susceptibles de entrega.
Para los trabajadores incorporados al Régimen 97, la planificación del retiro requiere mirar más allá de la edad. Las semanas cotizadas, el saldo de la Afore y la modalidad elegida son elementos que pueden modificar de manera importante el resultado final. Revisar estos datos con anticipación permite conocer el escenario personal y tomar decisiones antes de llegar al momento de solicitar la pensión.