25 de julio 2025 - 09:57

IMSS confirma que miles de adultos mayores recibirán incremento del 15% en agosto 2025

Se trata de un requisito activo todos los meses, el cual muchos desconocen. En esta nota, checa si eres uno de los beneficiarios.

IMSS confirma incremento para miles de adultos mayores.

IMSS confirma incremento para miles de adultos mayores.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) confirmó que a partir del 1 de agosto algunos pensionados bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 recibirán un incremento del 15% en su pensión mensual. Este aumento aplica únicamente a quienes viven solos y no cuentan con familiares registrados como beneficiarios ante el Instituto, en una modalidad conocida como ayuda asistencial.

Este beneficio está dirigido a jubilados que no tienen esposa, esposo, concubina, hijos menores de edad o en estudios, ni padres que dependan económicamente de ellos. El objetivo es compensar la ausencia de las llamadas asignaciones familiares, que son pagos adicionales otorgados a pensionados con dependientes económicos registrados formalmente ante el IMSS.

El aumento del 15% se verá reflejado directamente en el depósito del 1 de agosto, sin necesidad de un pago separado. Los recursos se dispersarán en las cuentas bancarias registradas en instituciones con convenio con el IMSS, como Bancomer, Banamex, Banco del Bienestar, Banorte y Santander, entre otros. Los pensionados interesados aún pueden tramitar este apoyo durante el año, y de cumplir con los requisitos, el incremento comenzará a aplicarse en el mes siguiente al trámite.

IMSS.avif

IMSS Ley 73: cómo acceder al 15% de aumento por ayuda asistencial

La ayuda asistencial del 15% no es automática. Los interesados deben presentar una solicitud en la unidad del IMSS que les corresponda, junto con documentos oficiales: identificación vigente con fotografía, comprobante de domicilio (no mayor a tres meses) y CURP. La información debe coincidir exactamente con la registrada en el sistema del Seguro Social, de lo contrario, el trámite podría ser rechazado.

Cabe destacar que quienes sí tienen familiares registrados también pueden acceder a aumentos proporcionales: 15% por cónyuge, 10% por cada hijo menor de 16 años o mayor de esa edad si aún estudia, y 10% por cada padre dependiente. Sin embargo, en caso de fallecimiento del familiar que originó la asignación, ese porcentaje adicional dejará de aplicarse en los pagos subsecuentes.

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