El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) le permite a los trabajadores de la Ley 73 jubilarse antes de los 65 años, aunque es importante que sepas que sufrirás un descuento de dinero. En este sentido, checa en esta nota cuánto te corresponde si decides retirarte a los 63 años y ahorrarte dos años de trabajo.
IMSS Ley 73: lo que debes saber si quieres jubilarte a los 63 años
El IMSS informó qué porcentaje de pensión corresponde si te jubilas a los 63 años bajo la Ley 73. Conoce requisitos y dónde tramitar tu pensión.
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IMSS lanza aviso importante si quieres jubilarte a los 63 años con Ley 73
El sistema de pensiones del IMSS Ley 73 contempla dos modalidades: la Pensión por Cesantía en Edad Avanzada, que puede solicitarse desde los 60 años, y la Pensión de Vejez, que inicia a partir de los 65. Sin embargo, jubilarse antes de los 65 implica recibir solo un porcentaje del salario promedio y no el monto completo, lo que representa una diferencia económica importante en la vida de los futuros pensionados.
Este aviso resulta fundamental para las y los trabajadores que buscan planificar su retiro con anticipación. Conocer los porcentajes, requisitos y lugares donde tramitar la pensión bajo la Ley 73 del IMSS permite tomar una decisión informada que impactará directamente en la estabilidad financiera de la etapa de jubilación.
IMSS Ley 73: cuánto dinero te corresponde si te jubilas a los 63 años
De acuerdo con la Ley 73, quienes soliciten la Pensión por Cesantía en Edad Avanzada reciben un porcentaje de su salario promedio de los últimos cinco años laborados, el cual depende de la edad exacta en la que se jubilen.
Los porcentajes establecidos son:
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60 años: 75%.
61 años: 80%.
62 años: 85%.
63 años: 90%.
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64 años: 95%.
65 años: 100% (Pensión de Vejez).
Esto significa que, si una persona inicia su pensión a los 63 años, recibirá únicamente el 90% del monto que le hubiera correspondido de haber esperado hasta cumplir los 65 años. Por ejemplo, si el cálculo completo de su pensión fuera de 12,000 pesos mensuales, al retirarse a los 63 años únicamente recibiría 10,800 pesos.
Aunque la posibilidad de pensionarse antes resulta atractiva para quienes ya no desean seguir trabajando, es importante tener presente que este porcentaje menor impactará de forma permanente en el monto mensual a recibir.
IMSS Ley 73: requisitos, documentos y dónde tramitar tu pensión
Requisitos
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Tener cumplidos al menos 60 años de edad (Cesantía en Edad Avanzada) o 65 años (Vejez).
Haber causado baja en el Régimen Obligatorio del Seguro Social.
No contar con un empleo remunerado al momento de la solicitud.
Haber estado inscrito bajo la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.
Contar con al menos 500 semanas de cotización registradas.
Mantener vigentes los derechos ante el Instituto o estar dentro del periodo de conservación de derechos.
Documentos solicitados
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Identificación oficial con fotografía.
Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses).
Documento bancario con cuenta y CLABE a nombre del beneficiario.
Copia certificada del acta de nacimiento.
En caso de tener dependientes económicos (cónyuge o hijos), se debe presentar la documentación que acredite el parentesco.
Dónde realizar el trámite
El procedimiento se lleva a cabo en el área de Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) correspondiente al trabajador. También es posible iniciar el proceso en línea a través de la plataforma “Mi Pensión Digital” del portal oficial del IMSS. Sin embargo, aunque el trámite comience en línea, será necesario presentar la documentación original en la UMF asignada para concluir la gestión.
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