El cambio del IMSS a la Lye 73 por orden de la Suprema Corte.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Ley del Seguro Social de 1973 vulnera el derecho a la igualdad al establecer porcentajes diferentes en el cálculo de las pensiones según el parentesco del beneficiario. De esta manera, le permite a todos los ascendientes de un familiar fallecido recibir el 90% de la pensión, siempre y cuando dependieran económicamente de él.
El fallo, emitido en 2023, señala que la norma es discriminatoria, pues otorga un 90% de la pensión al cónyuge o concubino sobreviviente, pero solo 20% a los ascendientes (padres del trabajador fallecido). A partir de esta resolución, la Corte ordenó que los padres del asegurado fallecido tengan derecho a recibir el mismo porcentaje del 90%, equiparándolos con las pensiones por viudez.
Suprema Corte: "Un derecho derivado de las aportaciones laborales"
El máximo tribunal precisó que la pensión no constituye un beneficio gratuito o discrecional, sino un derecho derivado de las aportaciones laborales que realiza el trabajador durante su vida activa. Su objetivo es garantizar la subsistencia de los beneficiarios —cónyuge, hijos o ascendientes— tras el fallecimiento del asegurado.
“La pensión se gesta con el esfuerzo del trabajador, por lo que no puede existir una distinción injustificada entre los beneficiarios”, determinó la SCJN.
Por qué la Ley 73 del IMSS es la más amada por todos los pensionados
La Ley 73 del IMSS es considerada más atractiva que la Ley 97 debido a la forma en la que se calcula la pensión. Bajo este esquema, el monto se determina con base en el promedio salarial de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente 5 años), además del número total de semanas trabajadas. Esto permite que el trabajador reciba una pensión definida y garantizada por parte del IMSS.
Entre sus principales beneficios destacan: la posibilidad de obtener una pensión vitalicia, incrementos anuales ligados al salario mínimo, acceso a servicios médicos para el titular y sus beneficiarios, así como pensión para viudez, orfandad e invalidez en caso de ser necesario. A diferencia de la Ley 97, donde el monto depende directamente del ahorro acumulado en la cuenta individual, en la Ley 73 la responsabilidad del pago recae en el IMSS y el Gobierno Federal.
Esto explica por qué tantos trabajadores ven con preocupación el fin de este régimen, ya que su desaparición implica que las futuras generaciones dependerán exclusivamente de sus ahorros en Afore y de la rentabilidad obtenida durante su vida laboral.
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Pensión IMSS: así será el pago de enero 2026 para Ley 73
De acuerdo con el calendario oficial del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el pago de la pensión correspondiente a enero de 2026 se realizaráelviernes 2, primer día hábil del mes. Desde esa fecha, los pensionados podrán disponer de su dinero tanto a través de transferencia bancaria como directamente en ventanilla, según la modalidad de cobro elegida.
El IMSS recordó que el depósito se realiza de manera puntual cada primer día hábil del mes tanto para Ley 73 como para Ley 97, por lo que no se espera ningún retraso en el pago de diciembre. Sin embargo, las autoridades recomiendan que los beneficiarios planifiquen con anticipación su visita a las sucursales bancarias, ya que durante los primeros días de cada mes suele haber una alta demanda de personas que acuden a retirar su dinero.
Cómo queda la pensión mínima garantizada de la Ley 73 del IMSS
En enero 2026, la pensión mínima garantizada bajo la Ley 73 del IMSS asciende a aproximadamente $9,407 pesos mensuales, de acuerdo con el salario mínimo general en México de 2026 y los ajustes anuales correspondientes. Vale recordar que el aumento del año se hará efectivo recién en febrero.
La cantidad puede variar ligeramente dependiendo de factores como la zona geográfica y los incrementos aplicados al salario mínimo, pero siempre busca asegurar que los pensionados cuenten con un ingreso suficiente para cubrir sus necesidades básicas.
Es importante destacar que este beneficio aplica únicamente a quienes hayan cotizado al IMSS bajo el régimen de la Ley 73 y hayan cumplido con al menos 500 semanas de cotización, además de haber alcanzado la edad mínima de retiro, que es de 60 años para pensión por cesantía en edad avanzada o 65 años para vejez.
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IMSS Ley 73: cómo solicitar fondos acumulados del Infonavit
Para quienes cotizaron al IMSS antes del 1 de julio de 1997 y se pensionaron bajo el régimen de la Ley 73, existe la posibilidad de recuperar hasta tres fondos vinculados al Infonavit: el Fondo de Ahorro 1972–1992, la Subcuenta de Vivienda 92 y la Subcuenta de Vivienda 97. Estos recursos pueden devolverse en una sola exhibición si se cumplen los requisitos legales.
Solicitud mediante tu Afore
En este camino, la Afore entrega las Subcuentas de Vivienda 92 y 97, mientras que para exigir el Fondo de Ahorro 1972–1992 o lo que se conoce como Solo Infonavit, deberás hacer un trámite complementario en el Infonavit.
Para esto, el pensionado debe acudir a su Afore con la resolución de pensión emitida por el IMSS, identificación oficial, estado de cuenta bancario con CLABE y asegurarse de que sus datos concuerden en todas las instituciones (IMSS, Afore, Infonavit, banco).
Solicitud directa con Infonavit
Esta vía permite al pensionado bajo Ley 73 obtener la devolución de todos los fondos disponibles:
Fondo de Ahorro 1972–1992
Subcuenta de Vivienda 92
Subcuenta de Vivienda 97
Solo Infonavit (aportaciones adicionales o extraordinarias)
Los rendimientos generados hasta el momento del trámite
El trámite puede hacerse presencialmente en los Centros de Servicio de Infonavit (CESI), agendando cita a través de “Mi Cuenta Infonavit”, o en línea. Infonavit tiene un límite de 10 días hábiles para efectuar la devolución a la cuenta bancaria del solicitante una vez que la solicitud esté aprobada.
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