El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) mantiene vigentes los lineamientos de revisión de cuentas para los trabajadores inscritos bajo el marco normativo previo a las reformas del sistema de pensiones. Esta disposición abarca diversos rubros de ahorro acumulado durante la vida laboral activa de los asegurados.
IMSS revela que pensionados de Ley 73 pueden tener dinero acumulado que no sabían: cómo checarlo
El Instituto Mexicano del Seguro Social señala la presencia de fondos no reclamados en cuentas de trabajadores amparados bajo el anterior régimen de retiro.
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IMSS Ley 73: quiénes pueden tener dinero acumulado sin saberlo
Existen mecanismos de consulta institucionales diseñados para que los derechohabientes identifiquen la existencia de remanentes o saldos acumulados en sus expedientes financieros. Dichos fondos corresponden a aportaciones previsionales que permanecen bajo el resguardo de las autoridades competentes a la espera de ser solicitados.
El procedimiento de localización permite a las personas interesadas verificar el estado de su cuenta y conocer las vías legales correspondientes para iniciar el trámite de aclaración o retiro del capital acumulado.
IMSS Ley 73: quiénes pueden tener dinero acumulado sin saberlo
Quienes se jubilaron mediante la Ley 73 del IMSS podrían contar con fondos guardados en su cuenta Afore que corresponden a sus años trabajados, incluso si ya cobran su mensualidad de forma regular. Este escenario se debe a que las cuotas destinadas al retiro y al hogar se recaudaron en diferentes momentos, por lo que no siempre se sumaron automáticamente al cálculo de la pensión.
Dentro de estos montos destaca el apartado SAR 92, integrado por las cuotas abonadas entre el 1 de mayo de 1992 y el 30 de junio de 1997. La Consar explica que, en caso de no ver esa cifra reflejada en el informe financiero, se puede tramitar su rastreo para consolidarla en un solo expediente. De igual forma, es posible recuperar saldos de los apartados de Retiro 97, Vivienda 97, SAR IMSS 92 y SAR Infonavit 92, siempre y cuando pertenezcan al titular y se presente la documentación adecuada.
Existe la falsa creencia de que el primer cobro de la pensión salda la totalidad del dinero acumulado, pero la realidad suele ser distinta. Ante esto, la sugerencia principal es consultar el desglose de la Afore, con mayor razón si se estuvo en activo durante la vigencia del SAR 92 o si se laboró para distintas empresas.
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