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4 de febrero 2026 - 09:00

La Pensión IMSS no se hereda, pero sí entrega dinero: qué debes hacer ante la muerte den un pensionado

No puedes heredar las pensiones de tus familiares fallecidos, pero sí puedes percibir otro beneficio. Fíjate de qué se trata.

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La Pensión IMSS no se hereda, pero sí entrega dinero: qué debes hacer ante la muerte den un pensionado

El fallecimiento de una persona jubilada en México no solo implica un proceso emocional complejo para su familia, sino también una serie de trámites administrativos que muchas veces generan dudas. Una de las más frecuentes está relacionada con la Pensión IMSS y el destino del dinero que el pensionado no alcanzó a cobrar antes de morir.

Si bien la pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no se hereda como tal, la ley sí reconoce el derecho de los familiares a reclamar los montos pendientes de pago. Este beneficio permite recuperar mensualidades no percibidas o diferencias en los pagos que quedaron sin liquidar al momento del deceso del titular.

Conocer cómo funciona este procedimiento es clave para proteger el patrimonio familiar y evitar que esos recursos se pierdan. Por eso, el IMSS establece reglas claras sobre quiénes pueden cobrar ese dinero, qué requisitos deben cumplir y cómo iniciar el trámite de manera correcta y gratuita.

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Checa lo que tiene para decir el IMSS.

Pensión IMSS: cómo cobrar lo que quedó pendiente tras la muerte de un pensionado

Cuando fallece un pensionado, sus beneficiarios pueden solicitar ante el IMSS el pago de las mensualidades que no fueron cobradas en vida. Esto incluye tanto pagos atrasados como posibles ajustes pendientes en el monto de la pensión. El trámite está contemplado en la normativa laboral y se rige por un orden de prelación estricto.

Tienen prioridad para realizar el cobro la viuda o el viudo del pensionado, así como los hijos menores de 16 años. En el caso de hijos estudiantes, el derecho se extiende hasta los 25 años, siempre que acrediten su condición académica. Si no existe cónyuge, la ley reconoce como beneficiarios a la concubina o concubinario, siempre que se compruebe legalmente la relación.

Además, los padres del pensionado también pueden solicitar el pago si demuestran que dependían económicamente de él. Este esquema busca garantizar la protección financiera de los familiares más cercanos y vulnerables, aun después del fallecimiento del titular de la pensión.

Para que el trámite sea válido, es indispensable que la pensión estuviera a cargo del Gobierno Federal y fuera pagada a través del IMSS. Asimismo, el pensionado debía tener vigentes sus derechos al momento de su fallecimiento. De no cumplirse estas condiciones, la solicitud podría ser rechazada.

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En cuanto a la documentación, se debe presentar el acta de defunción del pensionado en original o copia certificada, ya que es el documento base para iniciar el proceso. El solicitante también deberá entregar una identificación oficial vigente y un comprobante de domicilio reciente.

Para acreditar el vínculo familiar, el IMSS exige actas de matrimonio o nacimiento expedidas con una antigüedad no mayor a 90 días posteriores al fallecimiento. En el caso de hijos estudiantes, se debe agregar una constancia de estudios del Sistema Educativo Nacional. Si el beneficiario no es directo, será necesario presentar resoluciones judiciales que demuestren la dependencia económica.

El trámite debe realizarse de manera presencial en las ventanillas de Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar correspondiente, de lunes a viernes entre las 8:00 y las 15:00 horas. Todos los procedimientos son gratuitos. Para más información, el IMSS pone a disposición el teléfono 800 623 23 23, opción 3, donde se brinda orientación personalizada a los deudos.

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