24 de octubre 2026 - 17:00

La severa multa de $4,000 que aplica Clara Brugada en CDMX a quienes hagan esto en la vía pública

La legislación también especifica los lugares donde se aplican estas disposiciones, por lo que sus alcances no se limitan únicamente a calles y avenidas.

La severa multa de $4,000 que aplica Clara Brugada en CDMX a quienes hagan esto en la vía pública.

La severa multa de $4,000 que aplica Clara Brugada en CDMX a quienes hagan esto en la vía pública.

En la Ciudad de México (CDMX), realizar ciertas acciones en la vía pública puede representar una infracción que se castiga con multas de miles de pesos. De acuerdo con la Ley de Cultura Cívica capitalina, las personas que sean sorprendidas orinando o defecando en espacios públicos pueden enfrentar sanciones económicas que superan los $4,000, además de otras medidas contempladas en la legislación.

La normativa vigente en la capital del país, gobernada por Clara Brugada, establece una serie de disposiciones para proteger el entorno urbano y regular el comportamiento de las personas en lugares de uso común. Entre las conductas consideradas infracciones se encuentran aquellas relacionadas con hacer necesidades fisiológicas en calles, parques y otros espacios públicos.

Por este motivo, resulta importante conocer quiénes están obligados a pagar estas multas en CDMX, cuáles son los montos establecidos y qué otras sanciones pueden imponer las autoridades.

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Quiénes deberán pagar la multa de $4,000 en CDMX

De acuerdo con el artículo 29, fracción II, de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, las personas que sean sorprendidas orinando o defecando en la vía pública estarán cometiendo una infracción contra el entorno urbano. Esta conducta puede derivar en una sanción económica, trabajo comunitario o incluso arresto.

La legislación contempla las siguientes sanciones para quienes incurran en estas faltas:

  • Multa económica: de 11 a 40 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a montos de entre $1,290 y $4,692, según las cifras publicadas por la fuente.
  • Trabajo comunitario: de 6 a 12 horas de actividades en favor de la comunidad.
  • Arresto: de 13 a 24 horas.

Es importante señalar que la multa no es de $4,000 para todos los infractores, ya que el monto depende de la sanción que corresponda dentro del rango establecido. Además, las autoridades pueden aplicar las otras medidas previstas en la normativa.

Por otra parte, el artículo 5 de la Ley de Cultura Cívica establece los espacios públicos en los que resultan aplicables estas disposiciones. Entre ellos se encuentran:

  • Calles y espacios abiertos: plazas, avenidas, viaductos, calzadas, paseos, jardines, parques y áreas verdes o deportivas.
  • Lugares de reunión: mercados, templos, cementerios, centros recreativos, deportivos y espacios destinados a espectáculos.
  • Instalaciones públicas: inmuebles utilizados para prestar servicios a la ciudadanía.
  • Transporte público: vehículos, inmuebles y espacios destinados a este servicio.
  • Propiedades particulares: inmuebles o bienes privados cuando las conductas tengan efectos en espacios o servicios públicos, o provoquen molestias a otras personas.
  • Áreas comunes de condominios: jardines, senderos, plazas, calles interiores y zonas recreativas o deportivas de uso compartido.

De esta manera, las sanciones por orinar o defecar en espacios públicos de CDMX no se limitan a quienes realicen estas conductas directamente sobre una calle. También pueden aplicarse en otros lugares contemplados por la legislación capitalina, incluidos determinados espacios de uso común y áreas vinculadas con el transporte público.

Por ello, quienes cometan alguna de estas infracciones pueden enfrentar multas de hasta $4,692, según los montos consignados en la información de referencia, así como trabajo comunitario o arresto.

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