22 de octubre 2025 - 10:17

Pensión del Bienestar de 0 a 64 años se activa en noviembre 2025: quiénes reciben $19,200 y requisitos para el registro

Se trata de un programa para personas con discapacidad. Checa en qué estados es universal y en cuáles no.

Apoyo de $19,200 anuales para personas con discapacidad.

Apoyo de $19,200 anuales para personas con discapacidad.

El Gobierno federal de Claudia Sheinbaum confirmó que el programa de la Pensión del Bienestar para hombres y mujeres de 0 a 64 años se reactiva en noviembre de 2025, con un apoyo económico anual de $19,200 pesos, equivalente a $3,200 pesos bimestrales.

Este esquema busca garantizar un ingreso digno a personas con discapacidad permanente, ampliando así la cobertura social en gran parte del país.

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Quiénes pueden solicitar la Pensión del Bienestar 0 a 64 años

Podrán acceder al beneficio hombres y mujeres de entre 0 y 64 años que cuenten con una discapacidad permanente y residan en alguno de los 24 estados adheridos al Convenio para la Universalización de la Pensión para Personas con Discapacidad Permanente.

Estas entidades son: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Ciudad de México, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

En los estados sin convenio, el apoyo se mantiene dividido en dos grupos:

  • Niñas, niños y jóvenes de 0 a 29 años con discapacidad.

  • Personas de 30 a 64 años que vivan en comunidades indígenas, afromexicanas o con alto grado de marginación.

Pensión del Bienestar para personas con discapacidad: requisitos para el registro

Para acceder a la Pensión del Bienestar 0 a 64 años, los solicitantes deberán reunir la siguiente documentación en original y copia:

  • Acta de nacimiento.

  • Identificación oficial vigente (INE, pasaporte o credencial del Inapam).

  • CURP actualizada.

  • Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a seis meses.

  • Certificado médico que acredite discapacidad permanente, expedido por una institución pública del sector salud.

En caso de que la persona beneficiaria no pueda acudir personalmente al registro, podrá designar a un auxiliar que realice el trámite en su nombre. Este deberá presentar su propia identificación, CURP, comprobante de domicilio y un documento que pruebe el parentesco con la persona con discapacidad.

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