El arranque de 2026 ha llegado con una decepción silenciosa para millones de trabajadores mexicanos. Mientras la cuesta de enero aprieta, muchos revisan su recibo de nómina esperando ver reflejado el aumento al salario mínimo anunciado por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami), solo para descubrir que la cifra depositada es idéntica a la de diciembre de 2025.
Por qué mi sueldo sigue igual si el salario mínimo ya aumentó: a estos trabajadores sí le corresponde el incremento, según la Ley Federal del Trabajo
La "resaca" financiera de enero trae consigo una duda recurrente. Aunque el gobierno anunció con bombo y platillo el alza salarial para 2026, millones de nóminas permanecen estáticas. Te explicamos la diferencia legal entre un "piso" y un "aumento general".
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Qué sucede con el salario mínimo en México.
¿Es un error de la empresa? ¿Un abuso patronal? En la gran mayoría de los casos, la respuesta es no. La confusión radica en la naturaleza jurídica del anuncio: de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el ajuste de enero no es un decreto de aumento generalizado, sino una actualización del "piso legal".
El mito del "aumento automático"
Para entender por qué tu sueldo no se movió, hay que remitirse a los artículos 90 y 91 de la LFT. La ley define al salario mínimo como “la cantidad menor que debe recibir en efectivo una persona trabajadora por los servicios prestados en una jornada de trabajo”.
Esto significa que el salario mínimo funciona como una red de seguridad, un umbral bajo el cual nadie puede estar. No es una escala móvil que empuje automáticamente todos los salarios hacia arriba.
Si tú ya ganabas un peso más de lo que marca el nuevo salario mínimo vigente para 2026, tu patrón no tiene la obligación legal de aumentarte el sueldo basándose en este decreto. Para quienes están por encima de ese umbral, los aumentos dependen de negociaciones sindicales, contratos colectivos o revisiones individuales por desempeño o inflación, pero no por mandato de la Conasami.
¿A quiénes SÍ les tienen que subir el sueldo obligatoriamente?
La ley es tajante y no deja margen a la interpretación. El ajuste es obligatorio e inmediato única y exclusivamente en los siguientes tres escenarios:
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Los que quedaron "abajo": Si con la entrada del año 2026 tu sueldo quedó por debajo del nuevo monto fijado, la empresa debe ajustarlo de inmediato para alcanzar, al menos, el nuevo mínimo.
Los que ganaban el mínimo anterior: Si tu sueldo era exactamente el salario mínimo de 2025, automáticamente debes subir al nuevo escalón de 2026.
Salarios Mínimos Profesionales: Si tu oficio aparece en la lista de profesiones reguladas por la Conasami (como albañilería, costura, o reporteros de prensa) y tu sueldo es inferior al nuevo tabulador profesional actualizado.
En estos casos, el incremento no es opcional. Si un patrón mantiene a un empleado por debajo de este nuevo límite, está incurriendo en una violación directa a la Ley Federal del Trabajo, susceptible de multas y sanciones.
El efecto faro y la negociación
Aunque no sea obligatorio para quienes ganan más del mínimo, este aumento suele funcionar como un "efecto faro" en las negociaciones contractuales de enero y febrero. Los sindicatos suelen usar el porcentaje de aumento al mínimo como referencia para solicitar ajustes, aunque legalmente son batallas distintas.
En resumen: si tu nómina sigue igual, es probable que tus ingresos ya superaran el "piso" de 2026. Si no es así, estás ante una irregularidad que debes reportar.
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