3 de septiembre 2025 - 00:20

Qué pasará con el pago de octubre 2025 de la Pensión IMSS: esto se sabe

El Instituto Mexicano del Seguro Social brindó detalles sobre el calendario de pagos y precisó las fechas previstas en todo lo que queda del 2025.

Qué pasará con el pago de octubre de la Pensión IMSS: esto se sabe.

Qué pasará con el pago de octubre de la Pensión IMSS: esto se sabe.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorga todos los meses un ingreso mensual en calidad de pensión que les permite a miles de jubilados y pensionados de México administrar sus finanzas y prever futuros gastos.

A pocos días de haberse concretado la dispersión correspondiente al mes de septiembre, los beneficiarios comenzaron a consultar qué pasará con el pago de octubre 2025.

Vale mencionar que el IMSS realiza el depósito de la pensión al iniciar el mes correspondiente. Esta fecha puede modificarse si el primer día cae en jornada inhábil, trasladando el pago al siguiente día hábil, de acuerdo con los lineamientos operativos establecidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Esto pasará con el calendario de pagos de octubre 2025 de la Pensión IMSS

Según lo previsto por el calendario de pagos 2025 oficial del IMSS, la dispersión en octubre se realizará el miércoles 1 de dicho mes.

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Pensión Mínima Garantizada: de cuánto es

La Pensión Mínima Garantizada (PMG) bajo la Ley 97 es un beneficio financiado por el Gobierno Federal. Su objetivo es que ningún trabajador que haya cotizado quede sin un ingreso básico al llegar a la edad de retiro.

En 2025, el monto de la pensión mínima garantizada del IMSS ronda los $6,500 pesos mensuales, aunque puede variar ligeramente dependiendo de factores como la edad de retiro, las semanas cotizadas y la actualización de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que sirve como referencia para su cálculo.

Para acceder a esta pensión, el trabajador debe cumplir con al menos 750 semanas cotizadas (número que irá aumentando progresivamente hasta llegar a 1,000 en 2031) y haber alcanzado la edad de jubilación: 60 años para pensión por cesantía en edad avanzada o 65 años para pensión por vejez.

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