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13 de enero 2026 - 09:57

Suprema Corte falla en contra de pensionados del ISSSTE y le quita la mitad del aguinaldo en 2026: a quiénes afecta este fallo

El máximo tribunal avala la "tijera" a las prestaciones en Zacatecas. Para salvar las finanzas del instituto estatal, se reduce el beneficio de 60 a 30 días, aunque se blinda a quienes ya gozaban de la pensión antes de la reforma.

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En una decisión que marca un precedente de austeridad y reingeniería financiera para los sistemas de seguridad social en el país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha validado el recorte al aguinaldo de los trabajadores del Estado: el fallo confirma la reducción del 50% en esta prestación anual, pasando de 60 a solo 30 días de pago.

La controversia, centrada en la reforma al artículo 74 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (ISSSTEZAC), concluyó con el respaldo del Alto Tribunal a la medida legislativa. Los ministros determinaron que este ajuste no viola el derecho humano a la seguridad social, calificando la reducción como una acción "razonable y no arbitraria".

El argumento central de la Corte es pragmático y financiero: la medida es necesaria para garantizar la suficiencia presupuestaria y la sostenibilidad a largo plazo del Instituto, que enfrentaba una crisis de viabilidad.

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El ISSSTE propone este nuevo proyecto para los pensionados.

Quita de aguinaldo a pensionados de Zacatecas: a quiénes afecta y a quiénes protege

La letra chiquita del fallo es vital para entender el impacto en el bolsillo de los jubilados. La SCJN estableció un candado de no retroactividad:

Un freno a la discrecionalidad financiera

No todo fue un revés para la clase trabajadora. En la misma sesión, la Corte invalidó los artículos 128 y 128 bis de la misma ley estatal.

Estos apartados pretendían condicionar el pago de prestaciones y el cumplimiento de obligaciones a la "capacidad financiera" y a la "reserva técnica" del Instituto. La SCJN consideró que esto era inconstitucional, pues dejaba los derechos de los trabajadores en el limbo.

"Hacer depender el acceso o cumplimiento de prestaciones a factores financieros indeterminados genera un riesgo de afectación desproporcional al derecho a la seguridad social", sostuvo el Tribunal.

Con esto, se envía un mensaje mixto: se permite recortar montos para sanear finanzas (como el aguinaldo), pero se prohíbe usar la falta de fondos como excusa genérica para negar derechos adquiridos.

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