18 de octubre 2026 - 14:49

Uruguay aprobó una residencia permanente por arraigo para regularizar a miles de migrantes

La medida exige acreditar ingresos superiores al salario mínimo y la renuncia al trámite ante la Comisión de Refugiados.

El programa no concederá residencias automáticas y evaluará el historial laboral formal registrado ante la previsión social.

El programa no concederá residencias automáticas y evaluará el historial laboral formal registrado ante la previsión social.

Foto: Dirección Nacional de Migraciones de la República Argentina

El gobierno aprobó un mecanismo especial de residencia permanente por arraigo para extranjeros que ingresaron al país antes del 1° de enero de 2026 y tienen solicitudes de refugio pendientes o denegadas mediante una resolución firme.

La medida busca ofrecer una alternativa de regularización migratoria a miles de personas que permanecen en el país sin una definición sobre su situación y ya quedó establecida en un decreto firmado por el Poder Ejecutivo que entrará en vigor el 8 de enero. El régimen contempla un plazo inicial de 12 meses para presentar las solicitudes, que la Dirección Nacional de Migración podrá prorrogar una única vez por hasta otros 12 meses.

Según cifras de la Comisión de Refugiados (CORE) citadas en información publicada sobre el tema, a fines de junio había 30.715 solicitudes pendientes de resolución en Uruguay. Cerca del 89% correspondía a ciudadanos cubanos, aunque esa cifra no implica que todos puedan acceder automáticamente al nuevo mecanismo.

Quiénes podrán acceder a la residencia permanente

El decreto establece dos grupos de posibles beneficiarios: los extranjeros que tengan una solicitud de refugio en trámite y estén dispuestos a renunciar a ella para acogerse al régimen, y quienes hayan recibido una denegación mediante resolución firme.

Además, deberán haber ingresado a Uruguay antes del 1° de enero de 2026 por un puesto de control migratorio habilitado, no registrar impedimentos legales para ingresar o permanecer en el territorio y no contar con otra vía de regularización, ya sea mediante una residencia temporal o permanente.

La residencia no se concederá automáticamente por cumplir con la fecha de ingreso. Cada interesado deberá iniciar el procedimiento ante la Dirección Nacional de Migración y acreditar las condiciones exigidas por la normativa.

Los requisitos para iniciar el trámite

Entre la documentación requerida figuran una fotografía tipo carné, un documento de identidad vigente y en buen estado y certificados de antecedentes penales de los países donde la persona haya residido durante los cinco años anteriores a su ingreso a Uruguay, cuando las permanencias hayan superado los 180 días.

También será necesario demostrar medios de vida propios o del núcleo familiar residente en el país. Para ello, se podrá presentar la historia laboral nominada del Banco de Previsión Social (BPS) o un certificado notarial que acredite la actividad laboral y los ingresos mensuales, que deberán superar el salario mínimo nacional. Cuando se invoquen ingresos de familiares, deberá acreditarse legalmente el vínculo.

El procedimiento exige, además, el certificado del esquema de vacunación uruguayo o la constancia correspondiente. Para niñas, niños y adolescentes, el decreto dispone que se garantice el ejercicio efectivo de sus derechos y que se evalúe su interés superior.

Renunciar al refugio y obtener la cédula

Uno de los puntos centrales de la nueva normativa es la renuncia a la solicitud de refugio para quienes todavía tengan el expediente abierto. La decisión deberá formalizarse al iniciar el trámite de residencia y comunicarse a la CORE. El funcionario que reciba la renuncia tendrá que informar a la persona sobre sus consecuencias.

Una vez iniciado el procedimiento, se expedirá un certificado para gestionar un documento de identidad provisorio como residente en trámite. Si finalmente se concede la residencia permanente por arraigo, el interesado recibirá la certificación necesaria para solicitar el documento definitivo ante la Dirección Nacional de Identificación Civil.

Por razones fundadas, Migración podrá eximir de presentar documentos expedidos por las autoridades del país de origen, considerando factores como la situación humanitaria, la falta de representación consular en Uruguay, los costos elevados o la ausencia de contactos familiares que permitan obtenerlos.

Asimismo, la norma contempla una respuesta rápida para situaciones de especial vulnerabilidad que impidan cumplir con los requisitos.

El derecho a solicitar refugio se mantiene

Aunque el mecanismo exige renunciar al trámite de refugio para quienes tengan una solicitud pendiente, el decreto establece expresamente que obtener la residencia por arraigo no impide volver a solicitar refugio en Uruguay conforme a la legislación vigente.

La medida se apoya en el marco migratorio uruguayo y en el programa de residencia por arraigo creado en 2024. El nuevo régimen busca ofrecer una vía alternativa a personas que ingresaron al país como solicitantes de refugio o cuya condición ya cesó, pero que continúan en territorio uruguayo con intención de regularizar su situación migratoria.

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