31 de marzo 2025 - 13:26

BPS: el imperdible descuento en prótesis y órtesis y cómo aprovecharlo

BPS no cubrirá los honorarios médicos ni los gastos por internación e intervenciones quirúrgicas, estudios previos o posteriores.

El bono económico del BPS para quienes necesiten prótesis y órtesis.

El bono económico del BPS para quienes necesiten prótesis y órtesis.

Foto: BPS

El Banco de Previsión Social (BPS) ya finalizó con los pagos correspondientes al mes de marzo, y el calendario de abril ya está disponible tanto para los titulares de jubilaciones, pensiones y demás prestaciones de Montevideo como los residentes del interior.

Dentro de los beneficios que ofrecen para aminorar la carga monetaria de tratamiento médicos y complemento para la salud, el organismo ofrece la Contribución para Prótesis y Órtesis, partidas económicas a los trabajadores que por razones de salud necesitan adquirirlas, según prescripción médica.

ortesis pie.webp

Contribución para prótesis y órtesis

Este beneficio está diseñado para apoyar económicamente el costo de productos incluidos en el Catálogo de prótesis y lentes de BPS, según las condiciones, montos y plazos de renovación establecidos. Para trabajadores de Udelar, Fiscalía General de la Nación, Universidad Tecnológica (UTEC), Corte Electoral, Jutep, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Cámara de Representantes, Cámara de Senadores y Comisión Administrativa del Poder Legislativo, el acceso al beneficio depende de los ingresos, con coberturas que pueden ser totales, parciales o inexistentes.

Estas contribuciones pueden destinarse a la compra de productos o artículos sanitarios, prótesis comunes, quirúrgicas fijas, ortopédicas permanentes o temporales externas, audífonos, sillas de ruedas y órtesis, es decir, productos no implantables que se destinan a modificar las condiciones estructurales o funcionales del sistema neuromuscular o del esqueleto (férulas, plantares, rodilleras, fajas, corsé, entre otros).

El vale otorgado al beneficiario tiene una vigencia de 60 días desde su emisión. El monto puede ser fijo, determinado por el equipo médico del BPS según el producto solicitado, o corresponder al 100 % del presupuesto más favorable presentado por el beneficiario, en línea con las especificaciones médicas.

Quiénes pueden acceder al beneficio

  • Trabajadores dependientes del sector privado (industria y comercio, construcción, trabajo doméstico, rurales). Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 133).
  • Quienes estén amparados al Subsidio por desempleo, por enfermedad, por maternidad o perciban el complemento por indemnización del Banco de Seguros del Estado. Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 133).
  • Trabajadores independientes: monotributistas (con y sin cobertura mutual); patrones unipersonales de industria y comercio o rurales, con hasta cinco dependientes; cónyuges colaboradores con hasta cinco dependientes, con opción de cobertura mutual.
  • Representantes legales de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) (VF 124), administradores SAS (VF 120) y directores con remuneración SAS (VF 121).
  • Trabajadores del Ministerio de Transporte y Obras Públicas con vínculo funcional 53 (cualquier seguro de salud).
  • Docentes de la Escuela y liceo Elbio Fernández.
  • Funcionarios del sector público con aportación civil. Según las condiciones de acceso y cobertura que rigen en los convenios vigentes.
  • Trabajadores del programa Accesos.

Si cumple con alguna de las condiciones mencionadas antes y esta dio origen a un Subsidio Transitorio por Incapacidad Parcial, mantendrá el derecho a esta contribución mientras perciba el subsidio, aunque ya no cumpla con la condición inicial.

ortesis rodilla.jpg

Documentación necesaria

Los beneficiarios deberán contar con un diagnóstico e indicación médica. En caso de beneficiarios titulares de empresa deberán, además, estar al día con los aportes a BPS.

Documentación a presentar

  • Cédula de identidad vigente y en buen estado.
  • Receta médica en buen estado con:
    • Fecha de expedición menor a 60 días respecto al día de solicitud.
    • Nombre completo y CI del beneficiario.
    • Firma y aclaración del profesional con número de registro en Caja Profesional.
    • Timbre profesional de $ 150,00 (el cual debe estar pegado en la receta e invalidado (con una raya que pase sobre el timbre y continúe sobre el papel donde está pegado). Las recetas expedidas por ASSE u Hospital de Clínicas no requieren timbre profesional.
    • Diagnóstico e indicación de prótesis y órtesis con detalle de las características de lo solicitado considerando la actividad laboral del solicitante.
  • Tres presupuestos de proveedores habilitados y registrados ante el BPS para la prestación, expedidos a partir de la fecha de la receta médica. Estos deberán ser solicitados a los proveedores por correo electrónico. Los proveedores deben cotizar productos que tengan en stock o puedan proveer.

Documentación adicional:

  • Los funcionarios públicos, con excepción de ANEP, DGI, Udelar, Inisa, Ministerio de Relaciones Exteriores, UTE, Poder Judicial, Cámara de Representantes, Cámara de Senadores y Comisión Administrativa del Poder Legislativo, deberán solicitar a su organismo una constancia donde se indique que no otorga este beneficio.
  • Aparato respiratorio no invasivo (CPAP, BPAP): si la solicitud es por primera vez, deberá presentar además una polisomnografía (estudio del sueño) con timbre profesional de $ 150,00.
  • Prótesis de miembros: la receta médica deberá indicar la causa de la amputación.
  • Sistema intrauterino liberador de levonorgestrel - Mirena: este dispositivo se otorga para patologías con indicación de tratamiento con levonorgestrel intrauterino, a los efectos de favorecer el reintegro de la trabajadora a su tarea habitual (la anticoncepción no está enmarcada en este principio). Se deberá presentar, además de lo antes indicado:
    • Ecografía transvaginal con fecha no mayor a 90 días, con timbre profesional de $150,00.
    • Hemograma no mayor a 90 días.
    • Historia / informe del ginecólogo tratante donde se especifique por qué solicita un Mirena, antecedentes ginecológicos que lo justifiquen y especificación de la edad de la beneficiaria.
  • Stent de vasos periféricos: deberá presentar arteriografía que evidencie la lesión.

Cómo solicitarlo

El beneficio se puede solicitar en línea a través de la página oficial del BPS, entrando al sector "Solicitar contribución para lentes, prótesis y órtesis". Por otro lado, se podrá realizar de manera presencial en las oficinas de cada departamento. Por cualquier duda se podrá consultar al 0800-1997 de lunes a viernes de 8 a 18 hs.

Dejá tu comentario

Te puede interesar