22 de agosto 2026 - 16:38

La Justicia de Estados Unidos dejó sin efecto la suspensión de visas de inmigrante que afectaba a Uruguay

La medida había sido aplicada desde enero por el gobierno de Donald Trump y alcanzaba a 75 países. La Justicia consideró que la prohibición era "manifiestamente ilegal".

La Justicia estadounidense dejó sin efecto la suspención de visas a inmigrantes entre las que se encontraba Uruguay junto con otros 75 países. 

La Justicia estadounidense dejó sin efecto la suspención de visas a inmigrantes entre las que se encontraba Uruguay junto con otros 75 países. 

Foto: Reuters

Un tribunal federal de Estados Unidos invalidó la suspensión de visas de inmigrante que desde enero afectaba a ciudadanos de Uruguay y otros 74 países, al considerar que la administración del presidente Donald Trump no podía impedir de manera generalizada el otorgamiento de estos permisos por el riesgo de que los solicitantes se convirtieran en una "carga económica".

La decisión fue adoptada por la jueza del Distrito Sur de Nueva York Jeannette Vargas, quien determinó en un fallo de 61 páginas que el secretario de Estado, Marco Rubio, excedió sus competencias legales al establecer la restricción y calificó la política como "manifiestamente ilegal".

La resolución adquiere especial relevancia para los uruguayos alcanzados por la medida, ya que Uruguay integraba la lista de 75 países para los cuales se había pausado la emisión de visas de inmigrante. En América Latina y el Caribe también estaban incluidos Brasil, Colombia, Cuba, Guatemala, Haití y Nicaragua, entre otros.

El fallo no se limita a impedir que la política continúe aplicándose: también revoca las denegaciones de visas que se hubieran fundamentado exclusivamente en esta directiva, abriendo la posibilidad de que solicitudes ya procesadas vuelvan a ser examinadas.

Por qué la Justicia invalidó la medida

La política había comenzado a aplicarse en enero bajo el argumento de que los solicitantes procedentes de los países incluidos presentaban un riesgo elevado de transformarse en una carga económica para Estados Unidos.

Vargas cuestionó ese criterio porque, bajo la directiva, los funcionarios estadounidenses debían rechazar solicitudes incluso cuando los inmigrantes cumplieran los requisitos y existieran elementos para considerar que serían económicamente autosuficientes.

Para la jueza, esa metodología entraba en contradicción con las normas que exigen analizar individualmente la situación de cada solicitante, en lugar de establecer una presunción general basada en su país de procedencia.

La suspensión había alcanzado, además de Uruguay y otros países latinoamericanos, a ciudadanos de Afganistán, Egipto, Irak, Irán, Marruecos, Nigeria, Rusia, Somalia, Tailandia y Yemen, entre otras naciones.

Entre quienes llevaron el caso ante la Justicia se encontraban cinco profesionales colombianos cuyas solicitudes habían sido rechazadas citando la nueva política, además de seis ciudadanos estadounidenses que denunciaron consecuencias para familiares provenientes de Ghana, Jamaica, Guatemala y Etiopía.

Podrían revisarse solicitudes ya rechazadas

Uno de los principales efectos del fallo está relacionado con los trámites que ya habían recibido una respuesta negativa. Al quedar revocadas las denegaciones sustentadas exclusivamente en la política ahora invalidada, miles de solicitudes podrían quedar sujetas a revisión.

Esto implica que, para los solicitantes uruguayos, la nacionalidad ya no podría funcionar por sí misma como fundamento para negar una visa de inmigrante bajo la directiva implementada en enero.

El Departamento de Estado evitó pronunciarse específicamente sobre la sentencia al tratarse de un litigio en curso, aunque defendió la política general de la administración estadounidense de mantener estándares rigurosos para evaluar y verificar a quienes solicitan visas.

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