El Ministerio de Salud Pública (MSP) cuenta con diversos servicios dentro de su página web, dentro de los que se encuentran trámites para acceder tanto a información privada como pública.
Para poder llevar a cabo este trámite hay que cumplir con una serie de requisitos. Paso a paso, cómo realizarlo.
Cuáles son las vías para realizar este trámite.
El Ministerio de Salud Pública (MSP) cuenta con diversos servicios dentro de su página web, dentro de los que se encuentran trámites para acceder tanto a información privada como pública.
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Uno de estos es la Historia Clínica Digital, cuyo objetivo es asegurar la continuidad asistencial del usuario en el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS). En ese sentido, a partir de este trámite tu información clínica estará disponible para el equipo de salud que te asista en cualquier parte del país y en cualquier prestador de servicios de salud. Este servicio es útil durante una consulta clínica o evento asistencial del usuario o ante una situación de emergencia sanitaria del usuario.
El único requisito que se necesita para acceder a la historia clínica digital es tener el documento de identidad vigente y en buen estado. Por otra parte, el trámite no tiene costo. Asimismo, se puede cambiar la configuración de Accesos a la Historia Clínica Digital de prestadores a los que no se está afiliado, tantas veces como se crea conveniente.
Existen dos vías disponibles para realizar el trámite para la historia clínica digital.
Para hacerlo por esta vía se necesita contar con cédula de identidad digital y lector correspondiente, Identidad Digital Mobile de Abitab o con TuID de Antel (Nivel de seguridad 3). Además, hay que seguir esta serie de pasos:
Para hacerlo por esta vía se necesita contar con documento de identidad vigente. En caso de no concurrir el titular deberá presentar documento de identidad vigente del representante, documento de identidad vigente del titular y la siguiente documentación acorde al caso; para menores sujetos a patria potestad o tutela, se debe presentar el testimonio de partida de nacimiento y/o resolución judicial; para mayores sujetos a curatela, se debe presentar la sentencia judicial correspondiente.
Estos son los pasos a seguir para la vía presencial:
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