3 de octubre 2025 - 22:37

El IMSS alerta a los jubilados con pensión ya que podrán ser sancionados si realizan esto

El Instituto Mexicano del Seguro Social explicó cuáles son las acciones que pueden derivar en sanciones a los adultos mayores que cuentan con una pensión.

El IMSS alerta a los jubilados con pensión ya que podrán ser sancionados si realizan esto.

El IMSS alerta a los jubilados con pensión ya que podrán ser sancionados si realizan esto.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a través del régimen Ley 73 y Ley 97, le permite a los adultos mayores acceder a una pensión para garantizar un ingreso mensual luego de su retiro laboral. Sin embargo si durante la solicitud de tu jubilación cometes algunas de estas infracciones puedes recibir una multa.

Uno de los tantos motivos de infracción e incluso consecuencias legales que puede enfrentar un adulto mayor que desea realizar su pensión es presentar datos, información falsa o alterada. Esto suele ocurrir cuando el posible beneficiario no cumple con todos los requisitos y por ello decide alterar su documentación para acceder a una pensión.

Sin más preámbulos, checa cuáles son todas las sanciones que puedes recibir por presentar documentación falsa al momento de solicitar tu pensión IMSS.

IMSS

Pensión IMSS: estas son las sanciones que puedes recibir si mientes en tu información

  • Cancelación del trámite
  • Anulación del trámite
  • Multas económicas
  • Inhabilitación para realizar trámites a futuro
  • Prisión de 3 a 9 años, según el tipo de delito cometido

Cuáles son los requisitos para acceder a una pensión IMSS

Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973:

  • Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
  • Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
  • Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.

Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997:

  • Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 1,250 semanas de cotización.

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