6 de octubre 2025 - 14:20

IMSS e ISSSTE: este es el único caso en que es legal embargar las cuentas Afore de pensionados y jubilados

Si bien siempre tuvieron la característica de ser inembargables, un reciente fallo de la Suprema Corte cambia por completo el panorama.

Ahora las cuentas Afore podrán ser embargadas, según la Suprema Corte.

Ahora las cuentas Afore podrán ser embargadas, según la Suprema Corte.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este 2025 que las cuentas de Afore de pensionados y jubilados podrán ser embargadas, tanto del IMSS como del ISSSTE, aunque solo en un caso particular. Se trata del incumplimiento de obligaciones de pensión alimenticia, por lo que se rompe la característica de inembargables de este tipo de cuentas.

El amparo en revisión 652/2024, que dio origen a este dictamen, precisó que la medida se aplicará únicamente cuando el deudor se encuentre desempleado y no posea otros bienes embargables para responder legalmente. La SCJN aclaró que, en estos casos, el derecho de los menores a recibir pensión alimenticia prevalece sobre el patrimonio del trabajador o jubilado.

Los fondos de la Afore podrán ser embargados únicamente en la misma proporción que la ley permite retirar en situaciones de desempleo: esto equivale al monto menor entre 75 días del salario básico de los últimos cinco años o el 10% del saldo total de la subcuenta. De esta manera, el retiro parcial con fines alimenticios no podrá exceder lo que ya estaba regulado por la normatividad.

"Interés superior del menor": el argumento de la SCJN para embargar cuentas Afore

El dictamen subraya la importancia de garantizar el “interés superior del menor” como principio rector de la justicia en materia familiar. Bajo esta lógica, la Suprema Corte enfatizó que los derechos de los niños no pueden estar supeditados a la protección patrimonial de los adultos, incluso cuando se trate de recursos destinados al retiro.

Con esta resolución, la SCJN marca un precedente que impacta directamente en trabajadores, pensionados y jubilados del IMSS e ISSSTE. La medida envía un mensaje claro: el incumplimiento de obligaciones de pensión alimenticia podrá tener consecuencias severas, incluso sobre los ahorros para el retiro, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la ley.

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