IMSS e ISSSTE: fallo histórico sobre cuentas Afore.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictado una sentencia que reconfigura las reglas del juego financiero para millones de afiliados al IMSS y al ISSSTE. En una resolución unánime que sienta un precedente inmediato, la Primera Sala determinó que las cuentas de Afore ya no son intocables: podrán ser embargadas si el titular incumple con su obligación de pagar pensión alimenticia.
El criterio jurídico derriba la barrera que protegía las subcuentas de retiro ante cualquier deuda, estableciendo que el derecho de los menores a recibir sustento está por encima de la seguridad patrimonial del adulto, incluso cuando se trata de su vejez.
El fallo, derivado del amparo en revisión 652/2024, es estricto pero claro. No significa que cualquier deuda bancaria pondrá en riesgo tu retiro, ni que el embargo sea automático en todos los casos. La Corte precisó dos condiciones fundamentales para que un juez ordene tocar estos fondos:
Insolvencia de bienes: Se aplicará cuando el deudor no posea otros bienes embargables (casas, autos, cuentas bancarias líquidas) para responder legalmente.
Desempleo: La medida está diseñada para ejecutarse cuando el deudor se encuentre sin trabajo formal, evitando así que la falta de ingresos salariales sea una excusa para el impago de alimentos.
IMSS ISSSTE
Embargo a cuentas Afore del IMSS e ISSSTE: cuánto dinero pueden retener
Para proteger la subsistencia futura del deudor, la SCJN no autorizó el vaciado total de la cuenta. La resolución establece un límite financiero basado en la misma proporcionalidad que la ley permite para los retiros por desempleo.
El monto máximo a embargar será lo que resulte menor entre estas dos opciones:
75 días de tu salario base de cotización de los últimos cinco años.
El 10% del saldo total acumulado en la subcuenta de retiro.
De esta manera, la justicia busca un equilibrio: garantizar el alimento del menor sin dejar en la indigencia total al titular de la cuenta. El trasfondo de esta decisión es ético y legal. Los ministros enfatizaron que el "interés superior del menor" es el principio rector. Bajo esta lógica, los derechos de alimentación y supervivencia de los niños no pueden estar supeditados a la protección financiera de los adultos.
Con esta resolución, la SCJN envía un mensaje contundente a los deudores alimentarios afiliados al sistema de seguridad social: los ahorros para el retiro han dejado de ser un "búnker" legal contra las obligaciones familiares.
SUPREMA CORTE JUSTICIA MEXICO
Pensión IMSS: fecha de pago de marzo 2026
De acuerdo con el calendario oficial del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el pago de la pensión correspondiente a marzo 2026 se realizará el lunes 2 de marzo, primer día hábil del mes. Desde esa fecha, los pensionados podrán disponer de su dinero tanto a través de transferencia bancaria como directamente en ventanilla, según la modalidad de cobro elegida.
El IMSS recordó que el depósito se realiza de manera puntual cada primer día hábil del mes, por lo que solo habrá retraso de un día, ya que el 1 cae domingo. Las autoridades recomiendan que los beneficiarios planifiquen con anticipación su visita a las sucursales bancarias, ya que durante los primeros días de cada mes suele haber una alta demanda de personas que acuden a retirar su dinero.
En caso de no recibir el depósito en la fecha programada, los pensionados pueden comunicarse al teléfono 800 623 23 23 (opción 3), o acudir directamente a su Subdelegación o Unidad de Medicina Familiar para verificar el estatus del pago y realizar una solicitud por depósitos no cobrados.
Pensión ISSSTE: fecha de pago de marzo 2026
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) anunció que su pago correspondiente a marzo 2026 será adelantado al viernes 27 de febrero, último día hábil del mes anterior. Esta medida busca que los jubilados y pensionados cuenten con recursos disponibles para cubrir los gastos de fin de mes.
Al igual que el IMSS, el ISSSTE recomienda a sus derechohabientes revisar el depósito desde las primeras horas del día y, en caso de no recibirlo, reportar la situación de inmediato. Para hacerlo, los beneficiarios pueden acudir presencialmente a un módulo de atención al derechohabiente o comunicarse al teléfono 55 4000 1000. También está disponible el Buzón Virtual de Atención a Derechohabientes, donde se pueden levantar reportes y dar seguimiento a los casos.
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