Con la recta final del año en marcha, una de las prestaciones más esperadas por la fuerza laboral en México es el pago del aguinaldo. La normatividad vigente establece que este beneficio económico es un derecho universal para todas las personas trabajadoras, abarcando desde empleados de confianza, de planta y sindicalizados, hasta trabajadores del hogar, de plataforma, comisionistas y eventuales, sin importar si su contrato es por obra, temporada, o si están sujetos a prueba y capacitación inicial.
Una de las dudas más recurrentes en el entorno laboral gira en torno a la antigüedad necesaria para poder cobrar este dinero. De acuerdo con las aclaraciones emitidas por la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), no es obligatorio haber cumplido un año completo en la empresa para acceder al aguinaldo.
LFT: cuál es el límite máximo del pago de Utilidades 2026
Las autoridades confirman que quienes tengan menos de doce meses de servicio, o cuya relación laboral termine antes de la fecha límite, tienen el derecho absoluto a recibir la parte proporcional correspondiente, cuyo pago debe realizarse estrictamente antes del 20 de diciembre de cada año.
¿Cómo se calcula el monto exacto según tu tipo de salario?
La legislación mexicana mandata que el pago del aguinaldo debe ser equivalente, como mínimo, a 15 días de salario base diario o a la cantidad ordinaria que se percibe por jornada. Sin embargo, la fórmula matemática para determinar la cifra exacta depende del esquema de ingresos del trabajador.
Para los empleados que perciben un salario fijo, el cálculo se realiza multiplicando la cuota diaria por 15. Es fundamental destacar que esta operación debe basarse exclusivamente en el sueldo ordinario que el trabajador percibe al momento del pago del aguinaldo, excluyendo cualquier otro ingreso extraordinario.
El panorama técnico cambia para quienes cuentan con un salario variable o trabajan por unidad de obra (a destajo). En estos escenarios, el cálculo de la prestación debe fundamentarse en el ingreso promedio diario de los últimos 30 días efectivamente trabajados, tomando en consideración todos los conceptos recibidos durante ese periodo.
Asesoría y canales de denuncia ante irregularidades
El incumplimiento patronal en las fechas o montos de esta prestación es una infracción a las leyes laborales. Para proteger el patrimonio de las familias, el gobierno federal mantiene activos diversos canales de atención jurídica gratuita de cara a la dispersión de este 2026.
Si los trabajadores tienen dudas sobre su cálculo o requieren iniciar una queja formal, la Profedet ha puesto a disposición el Centro Integral de Soluciones y Servicios Laborales (CISSEL). Los afectados pueden marcar al 079, la línea oficial del Gobierno de México, para recibir orientación. Asimismo, en caso de ser víctima de retenciones injustificadas o malas prácticas, las denuncias se reciben en el correo quejasdelservicio@stps.gob.mx o en el teléfono 55 59 98 20 00, a través de las extensiones 44750 y 44917.