El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) reconocido por otorgar pensiones bajo el régimen 73 y 97 y brindar servicios como asistencia médica, entre otros. Confirmó quiénes son todos los jubilados que se quedarán sin aguinaldo 2025.
Listado completo de jubilados con Pensión IMSS que se quedarán sin aguinaldo 2025
El Instituto Mexicano del Seguro Social confirmó quiénes son los adultos mayores que no podrán acceder a este ingreso extra.
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Listado completo de jubilados con Pensión IMSS que se quedarán sin aguinaldo 2025.
Vale mencionar que este ingreso extra equivale a una mensualidad de la pensión que cada beneficiario recibe regularmente. Este pago adicional se calcula únicamente sobre el monto base de la pensión mensual establecida, sin incluir apoyos extra o asignaciones familiares que el pensionado pueda recibir de manera habitual.
Es importante tener en cuenta que el aguinaldo es un ingreso importante para muchos adultos mayores, ya que les permite hacer frente a las compras de fin de año, como el Día de Muertos, Nochebuena, y demás eventos sociales. Por lo tanto, checa a continuación si estás en esta lista.
Quiénes son los pensionados IMSS que no cobrarán aguinaldo 2025
El IMSS ha establecido que solo aquellos pensionados bajo la Ley 73 del Seguro Social, vigente hasta el 30 de junio de 1997, recibirán el aguinaldo. Esto significa que quienes están en la Ley 97 del IMSS no tendrán acceso a este pago adicional.
En resumen, los pensionados que se retiraron bajo la Ley 73, por cesantía en edad avanzada o por vejez, son los únicos que seguirán recibiendo el aguinaldo. La generación de 1997 fue la última en contar con este derecho. Para los nuevos jubilados, el aguinaldo ya no aplica, y su pensión se limitará a la prestación económica mensual correspondiente a su régimen actual.
Cuáles son los requisitos para acceder a la pensión IMSS
Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973:
- Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
- Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
- Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997:
- Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 1,250 semanas de cotización.
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