La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo trascendental que redefine el futuro del retiro para miles de empleados públicos. En una reciente sesión, el Pleno analizó y validó las bases de la Ley del Fondo de Ahorro para el Retiro Digno, una legislación que sustituye el antiguo esquema de pensiones del estado de Nayarit por un moderno sistema basado en cuentas individuales administradas por un fondo estatal.
Suprema Corte avala nueva ley de pensiones y exige 35 años de cotización: a qué trabajadores mexicanos afecta
La SCJN validó el nuevo sistema de pensiones en Nayarit. Conoce qué trabajadores deberán cotizar 35 años y los cambios ordenados para 2026.
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Fallo clave de la SCJN.
Este histórico fallo no solo ratifica la facultad del Congreso local para legislar en materia de seguridad social, sino que también sienta un precedente sobre las medidas necesarias para evitar el colapso financiero de las instituciones públicas. Aunque la Corte avaló los puntos medulares de la reforma estructural, también detectó excesos y omisiones legislativas que deberán ser corregidas de manera obligatoria antes de que concluya el año para proteger los derechos humanos y laborales de los afiliados.
El aumento a 35 años de cotización y los trabajadores afectados
Uno de los puntos más debatidos y finalmente aprobados por el Máximo Tribunal fue la modificación en el tiempo de servicio requerido. La SCJN determinó que aumentar de 30 a 35 años el tiempo de cotización necesario para obtener el 100 % de la pensión por vejez es plenamente constitucional.
Los ministros argumentaron que este cambio no vulnera el principio de progresividad, ya que está justificado para garantizar la viabilidad y sostenibilidad financiera del sistema de pensiones. De hecho, la Corte subrayó que el riesgo de un colapso financiero constituye, por sí mismo, un problema de derechos humanos, lo que justifica medidas de ajuste severas como el incremento de los años de servicio o la edad de retiro.
Sin embargo, el Tribunal fue sumamente claro respecto a quiénes abarca y a quiénes deja fuera esta nueva legislación estatal:
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Aplica exclusivamente para las personas trabajadoras al servicio del Estado de Nayarit.
Se invalidaron las disposiciones que incluían a empleados del sector privado y trabajadores independientes, ya que el Congreso local excedió sus facultades al intentar regular a entidades privadas patronales.
No afecta los derechos adquiridos: Los actuales jubilados, pensionados o quienes ya habían reunido los requisitos bajo el esquema anterior mantienen intactos sus beneficios.
Los trabajadores en activo podrán elegir entre permanecer en el régimen previo o incorporarse al nuevo, con pleno reconocimiento de sus años de servicio y cotizaciones acumuladas.
Revés a las exclusiones médicas y omisiones legislativas
Durante el escrutinio constitucional, el Tribunal Pleno también echó para atrás varios artículos que desprotegían a los burócratas. En el ámbito de la salud, se invalidó la norma que excluía automáticamente de los riesgos de trabajo a las enfermedades crónico-degenerativas o congénitas. Los ministros determinaron que esta exclusión absoluta impedía analizar cada caso concreto para establecer si existía una relación causal entre la actividad laboral y la afectación a la salud del empleado, violando el derecho a la igualdad.
Además, la SCJN resolvió que el Congreso local incurrió en serias omisiones. Para garantizar la justicia laboral, se ordenó crear mecanismos para actualizar las pensiones y asegurar la participación de representantes de los trabajadores en los órganos de gobierno del Fondo de Ahorro.
Finalmente, se eliminaron requisitos desproporcionados para ocupar cargos directivos (como no haber sido sancionado por infracciones administrativas graves) y se estipuló que el Congreso de Nayarit tendrá como fecha límite diciembre de 2026 para realizar todas las adecuaciones ordenadas por los magistrados.



