La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha marcado un hito jurídico en favor de quienes realizan labores de cuidado —principalmente mujeres— al ratificar que el trabajo doméstico desempeñado durante el matrimonio o concubinato otorga el derecho a una indemnización económica en caso de ruptura o divorcio.
Suprema Corte beneficia a todas las mujeres que cocinan, limpian y cuidan a los hijos en un matrimonio: deben recibir dinero extra en el divorcio
El máximo tribunal del país emitió una resolución que reconoce el derecho a una indemnización para quienes realizaron labores domésticas y de cuidado durante la unión matrimonial.
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Suprema Corte protege a las mujeres mexicanas.
Este criterio del máximo tribunal busca subsanar el impacto financiero que sufren las personas que, por priorizar el bienestar de la familia, sacrificaron su crecimiento profesional o su capacidad de generar ingresos propios.
Suprema Corte: el valor del trabajo doméstico de las mujeres
De acuerdo con el análisis "Apuntes sobre igualdad de género. Compensación económica" de la SCJN, el factor determinante para solicitar este pago no es solo haber realizado las tareas, sino demostrar que existió un costo de oportunidad.
En términos sencillos, esto significa que la persona pudo haber obtenido mejores empleos o mayores recursos si no se hubiera dedicado de forma preponderante a las tareas del hogar. La Corte subraya que este esfuerzo sostiene la operatividad diaria de las familias y debe ser valorado como una aportación real.
Suprema Corte: los trabajos en casa que justifican el pago extra
La Corte detalla que estas labores van mucho más allá de la limpieza. El concepto abarca:
- Gestión del hogar: Organización de la economía familiar, compras y administración.
- Crianza: Educación y cuidado de hijas, hijos e hijes.
- Asistencia: Apoyo a familiares con discapacidad o dependientes.
- Apoyo emocional: Acompañamiento escolar y soporte afectivo a los integrantes del núcleo familiar.
Dado que los acuerdos familiares suelen ocurrir en el ámbito privado y no generan contratos o facturas, la SCJN admite que demostrar estas labores puede ser un reto. No obstante, ha instruido a los jueces a aceptar diversos medios de prueba, tales como:
- Testimonios de terceros.
- Estados de cuenta y registros de gastos.
- Estudios estadísticos sobre la distribución de tareas domésticas.
Finalmente, el máximo tribunal enfatiza que estas solicitudes deben juzgarse con perspectiva de género. Esto obliga a los juzgadores a reconocer la desigualdad histórica donde las mujeres han cargado con la mayor parte del trabajo no remunerado, garantizando que el acceso a la justicia sea equitativo y real.


