El panorama jurídico y financiero para la reparación de daños en México tiene un nuevo estándar obligatorio. En una decisión clave para el derecho civil, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció este 14 de abril de 2026 que las indemnizaciones por responsabilidad civil derivadas de la muerte de una persona deberán calcularse utilizando la Unidad de Medida y Actualización (UMA), dejando atrás el uso del salario mínimo para este fin.
Suprema Corte determina que las indeminizaciones por muerte deben calcularse en base a la UMA y no el salario mínimo
El máximo tribunal resolvió que la reparación civil por fallecimiento se tasará en UMA y no en salarios mínimos, buscando preservar su valor frente a la inflación.
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SCJN fija cómo deben determinarse las indemnizaciones por muerte.
Al resolver la Contradicción de Criterios 59/2025, el Máximo Tribunal del país fortaleció la certeza jurídica en los tribunales, argumentando que la compensación por la pérdida de una vida humana no constituye una remuneración laboral, sino una estricta medida de reparación del daño.
Indeminizaciones civil por muerte: el marco legal detrás del fallo
La resolución de los ministros se cimenta en una evolución constitucional que comenzó hace una década. La Corte basó su decisión en los siguientes pilares normativos:
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Desindexación del salario mínimo: El decreto constitucional publicado en enero de 2016, el cual instituyó a la UMA como la unidad de cuenta oficial para conceptos ajenos al pago del trabajo.
Código Civil Federal: La alineación del artículo 1915 (reformado en 2018), que dicta que la cuantificación de los daños debe atender a la Ley Federal del Trabajo, pero tomando como base de cálculo la UMA.
Preservación del valor: Dado que la UMA se actualiza anualmente conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), el tribunal determinó que este indicador garantiza la proporcionalidad, la equidad y fortalece la eficacia reparadora de la indemnización al protegerla contra la inflación.
Indeminizaciones civil por muerte: jueces mantienen la libertad de cuantificación
A pesar de fijar a la UMA como el parámetro obligatorio para tasar el pago cuando un hecho ilícito cause la muerte o una incapacidad, la jurisprudencia de la Suprema Corte no limita el criterio de los impartidores de justicia.
La sentencia reafirma que las personas juzgadoras conservan un amplio margen de apreciación para:
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Determinar los montos indemnizatorios finales.
Definir las metodologías de cálculo aplicables a cada caso particular.
Precisar el alcance del lucro cesante (los ingresos que la víctima dejó de percibir), su duración y las variables socioeconómicas pertinentes.
Con este fallo definitivo, la Suprema Corte asegura que la cuantificación del daño en México se realice mediante parámetros financieramente válidos y modernos, acordes con la naturaleza civil de la responsabilidad y en estricto apego al marco constitucional vigente.




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