La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó meses atrás que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá otorgar la pensión de viudez a todas las concubinas que acrediten su relación con un trabajador o pensionado fallecido, sin importar que existan varias al mismo tiempo.
Suprema Corte falla en contra del IMSS y ahora sí debe depositarle dinero a todas las concubinas mexicanas
Esta resolución, emitida meses atrás, deja atrás decenas de conflictos que se habían generado tras la muerte de pensionados con más de una concubina.
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IMSS debe entregar pensiones a todas las concubinas de un fallecido.
La resolución fue tomada por la Segunda Sala del máximo tribunal del país, que consideró inconstitucional el artículo de la Ley del Seguro Social que negaba el beneficio cuando la persona asegurada mantenía más de una relación de concubinato. Según los ministros, esta restricción vulnera los derechos a la seguridad social y a la protección de la familia, al imponer un modelo de vida que no refleja la realidad social mexicana.
La Suprema Corte obliga al IMSS a reconocer nuevos modelos de familia
En su decisión, aprobada el 14de febrero de 2024, la Suprema Corte subrayó que no existe una justificación válida para negar la pensión a más de una concubina si todas acreditan legalmente su relación con el fallecido.
Por ello, cuando varias mujeres se presenten como beneficiarias, la autoridad administrativa deberá comprobar la autenticidad del vínculo y, en caso de acreditarse, dividir el monto de la pensión entre todas las concurrentes.
El fallo, derivado del amparo en revisión 505/2023, fue elaborado por la ministra Lenia Batres Guadarrama y aprobado por mayoría de cuatro votos, con la única oposición del ministro Alberto Pérez Dayán.



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