La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado un paso histórico en la defensa de los derechos humanos y la inclusión jurídica en el país. El Máximo Tribunal reafirmó que las personas con discapacidad deben participar activamente en el diseño de las leyes que incidan en sus intereses, dejando claro que la consulta ciudadana no es un simple formalismo del procedimiento legislativo, sino una garantía indispensable para su participación efectiva.
Bajo este principio fundamental, el Pleno de la Corte determinó invalidar diversas disposiciones de la Ley de Voluntad Anticipada para el Estado de Chiapas. Los ministros concluyeron que esta normativa impactaba directamente en la capacidad jurídica de este sector vulnerable y, de manera inconstitucional, fue aprobada por el Congreso local sin llevar a cabo los estándares internacionales de consulta previa, accesible e informada que exige la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
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El fin de las restricciones discriminatorias
Al resolver la Acción de inconstitucionalidad 109/2025 durante la sesión de este 19 de agosto, el tribunal dividió los efectos de su sentencia para garantizar la mayor protección posible a los ciudadanos. Por un lado, la SCJN invalidó de manera inmediata las normas que condicionaban la firma de un documento de voluntad anticipada al requisito de estar "en pleno uso de sus facultades mentales" o tener "capacidad de ejercicio".
Estos conceptos jurídicos representaban una barrera restrictiva que limitaba los derechos de los pacientes. Asimismo, en este primer bloque de resoluciones, los magistrados eliminaron inmediatamente las limitantes sobre quiénes podían fungir como representantes legales o testigos en este delicado trámite médico y legal.
Plazo de 12 meses para legislar con inclusión
Para no generar un vacío legal que dejara en la indefensión a la población, los ministros aplicaron una modulación en su fallo. La Corte difirió por un plazo de 12 meses la invalidez de las disposiciones referentes a las medidas de accesibilidad para personas con discapacidad visual y auditiva. Esta prórroga busca evitar la eliminación repentina de mecanismos que actualmente favorecen el ejercicio de sus derechos en los centros de salud e instituciones públicas.
Durante este lapso de un año, el Congreso estatal tendrá la obligación estricta de realizar la consulta ciudadana correspondiente y emitir una nueva regulación que sí incorpore las opiniones de los grupos directamente involucrados. La sentencia reitera un mensaje claro para todos los legisladores del país: la buena intención de ampliar o proteger derechos jamás podrá sustituir la voz y participación directa de las personas con discapacidad en los temas que les conciernen.