8 de abril 2026 - 10:28

Suprema Corte protege a todos los propietarios en México: municipios ya no podrán quitarte ni rentar tu casa abandonada

El máximo tribunal invalidó el reglamento del municipio de Hermosillo que permitía a las autoridades tomar posesión de viviendas privadas y lucrar con ellas, protegiendo así el derecho a la propiedad.

Fallo clave de la SCJN sobre terrenos baldíos y casas abandonadas.

Fallo clave de la SCJN sobre terrenos baldíos y casas abandonadas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) asestó un duro golpe a las autoridades municipales al dictaminar que los ayuntamientos no tienen facultades legales para apoderarse, administrar o rentar inmuebles privados bajo la excusa administrativa de que se encuentran en una situación de abandono.

El fallo definitivo del Máximo Tribunal se originó tras analizar la Controversia Constitucional 309/2024, promovida en contra del municipio de Hermosillo, Sonora. El gobierno local había creado un polémico reglamento interno que le permitía tomar el control de predios baldíos y viviendas desocupadas para destinarlos a servicios públicos o, en su defecto, arrendarlos a terceros mediante contratos temporales.

SUPREMA CORTE JUSTICIA MEXICO

Invasión de facultades y violación a la propiedad privada

Al resolver el caso durante la sesión del Pleno de este martes 7 de abril, los ministros enfatizaron que el ayuntamiento de Hermosillo invadió de manera directa las facultades constitucionales que están reservadas de forma exclusiva para el Congreso local, única entidad con el poder de legislar sobre los efectos relacionados con la posesión y el aprovechamiento de los bienes particulares.

La Corte reconoció que los municipios sí cuentan con amplias atribuciones en materia de desarrollo urbano, uso de suelo y asentamientos humanos. Sin embargo, los magistrados advirtieron que estas facultades administrativas no les otorgan el derecho de crear figuras jurídicas para confiscar el goce de inmuebles particulares, ya que esto vulnera flagrantemente los principios de legalidad, la seguridad jurídica y el derecho humano a la propiedad.

Casa abandonada Infonavit

Lo que sí pueden hacer las autoridades municipales

Como consecuencia de esta invasión de competencias territoriales, el Máximo Tribunal procedió a invalidar los artículos clave del ordenamiento local. Con esta tajante decisión judicial, las sindicaturas locales pierden todo el poder para cobrar contraprestaciones económicas o gestionar la ocupación y desocupación de las propiedades que pertenezcan legítimamente a los ciudadanos.

No obstante, la resolución no dejó atadas de manos por completo a las administraciones locales en temas de imagen y ordenamiento territorial. La Suprema Corte aclaró y validó que las autoridades municipales conservan la posibilidad legal de emitir declaratorias formales de abandono de inmuebles para fines estrictamente administrativos, siempre y cuando no crucen la línea de intentar despojar a los dueños de su patrimonio inmobiliario.

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