10 de noviembre 2022 - 19:58

Continúa la discusión entre Ancap y Montevideo ante la Suprema Corte

La empresa uruguaya busca recuperar los u$s 12 millones anuales que se lleva lo que consideran un "impuesto inconstitucional".

Suprema Corte de Justicia (SCJ) de Uruguay. (Foto: Intendencia de Montevideo)

Suprema Corte de Justicia (SCJ) de Uruguay. (Foto: Intendencia de Montevideo)

La tensión entre Ancap y la Intendencia de Montevideo (IM) se mantiene en la discusión ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) de Uruguay. La empresa pública acusa al gobierno departamental de cobrarle un impuesto “inconstitucional” sobre la venta de gasoil y nafta súper. En el Ejecutivo local refutan que la discusión ya fue juzgada.

En 2021, la Distribuidora Uruguaya de Combustibles SA (Ducsa), que es la principal repartidora de Ancap, recurrió ante el Máximo Tribunal por el cobro de la Tasa de Inflamables, que la firma debe pagar todos los meses en función de la cantidad de litros de combustible que distribuyó en ese período.

Actualmente, son 22 centésimos por litro de gasoil y 26 centésimos por litro de nafta súper. El vicepresidente de la empresa, Diego Durand, aseguró que la empresa pierde alrededor de 12 millones de dólares al año por esa tasa, que van a las arcas del gobierno departamental.

Debe definir la Suprema Corte de Justicia

Ambas partes esperan atentas la resolución de la SCJ, donde está la última palabra sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad del reclamo de la compañía.

Desde Ancap argumentan que no se trata de una tasa –dado que no existe ninguna contraprestación por parte de la Intendencia– sino de un impuesto. En tanto, como el gobierno departamental no está habilitado por la carta magna para crear un nuevo tributo, consideran que se trata de una acción inconstitucional.

Por el lado de la IM contraargumentaron que, como está discusión ya se juzgó y tuvo sentencia firme en el pasado, no corresponde hacerlo de nuevo. La refutación hace referencia concretamente a una sentencia de la SCJ de 1967 donde se desestimó un pedido similar de Ancap y otra de 2017 en contra de la aplicación Easy Taxi, donde se determinó que la tasa con la que se gravaba a los viajes no era inconstitucional.

En Ancap se habían anticipado a este argumento en los albores del litigio, cuando afirmaron que no tendría lugar dado que, en la discusión de 1967 se juzgó un tributo distinto.

De todas formas, los representantes jurídicos del gobierno local mencionaron que existe un acuerdo vigente, firmado en 2013, en donde Montevideo se comprometió a eliminar la tasa al cabo de 10 años, con una reducción escalonada del 10% cada año. Como el entendimiento entró en vigencia recién en 2017, la tasa quedaría sin efecto en 2027.

Dejá tu comentario

Te puede interesar