2 de octubre 2025 - 23:23

Préstamos entre amigos y familiares: qué dice el SAT sobre posibles multas

Cuando el dinero cambia de manos sin formalidades, podrían activarse obligaciones fiscales.

Préstamos entre amigos y familiares: qué dice el SAT sobre posibles multas.

Préstamos entre amigos y familiares: qué dice el SAT sobre posibles multas.

Cuando alguien presta dinero a un amigo o familiar, muchas veces lo hace confiando en que se trata de una operación privada, sin mayores implicaciones. Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) observa con atención ciertos movimientos que podrían considerarse como ingresos, sobre todo si no se documentan o se omiten en la declaración fiscal. Con base en la legislación vigente (artículo 90 de la Ley del ISR), estas son las principales obligaciones y riesgos que conviene tener presentes.

Quien reciba un préstamo de un particular debe declararlo cuando, de manera individual o acumulada durante el año fiscal, el monto exceda 600,000 pesos. Esa exigencia se fundamenta en lo que establece la Ley del Impuesto sobre la Renta, en su artículo 90, que obliga a los contribuyentes personas físicas a informar los préstamos, donativos o premios cuando superen ese umbral.

SAT BLOQUEO

De cuánto podría ser la multa del SAT

Aunque el préstamo en sí mismo no se considera un ingreso gravable —es decir, no se paga ISR por el dinero recibido— la omisión de la declaración puede llevar al SAT a interpretar esos montos como ingresos ocultos o no declarados. De acuerdo con diversos medios, la multa por no declarar adecuadamente ese préstamo puede alcanzar hasta 35,000 pesos. En algunos casos extremos podría agregarse un porcentaje adicional basado en recargos o sanciones, según la gravedad y el monto omitido.

Pero, ¿cómo evitar caer en sanciones? Lo más recomendable es formalizar el préstamo con un contrato simple —por ejemplo, especificando los datos de las partes, el monto, plazos de devolución y condiciones de pago— y que la entrega del dinero quede documentada, idealmente por transferencia bancaria con un concepto que indique claramente “préstamo”. En caso de que los prestamistas sean personas morales o el préstamo provenga de fondos sujetos a regulación, pueden aplicar reglas adicionales.

En cuanto al procedimiento formal, cuando un préstamo exceda el límite señalado, debe informarse en la declaración anual del ISR, utilizando los medios y formatos establecidos por el SAT. También, si el dinero se recibe en efectivo u ocurre una omisión importante, el SAT podría iniciar auditorías o requerir aclaraciones, e incluso aplicar recargos o sanciones del 50 % al 75 % del monto no informado, según algunos artículos publicados.

En resumen: no todos los préstamos entre particulares activan obligaciones fiscales automáticas, pero cuando superan los 600,000 pesos al año, es indispensable declararlos. No hacerlo puede dar lugar a multas significativas o cuestionamientos fiscales. Por ello, si planeas prestar o recibir sumas importantes de dinero, conviene asesorarse con un contador o experto fiscal para asegurarte de cumplir con lo que exige la ley y evitar sanciones indeseadas.

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