Suprema Corte valida límite para las sanciones de Condusef a Banamex, BBVA México, Santander o cualquier otro banco mexicano
La SCJN fijó un límite de cinco años para que Condusef castigue a los bancos. El fallo da certeza jurídica a las instituciones frente a multas atrasadas.
Importante fallo de la Suprema Corte sobre la Condusef.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución que redefine las reglas operativas para todo el sistema financiero. Con este fallo, gigantes de la banca privada como Banamex, BBVA México, Santander o cualquier otra institución de crédito, se regirán bajo este nuevo criterio de seguridad jurídica frente a los procesos administrativos de la autoridad.
De acuerdo con el Máximo Tribunal, el artículo 96 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, vigente antes de la reforma de 2024, es constitucional. Sin embargo, los ministros aclararon que esto aplica siempre y cuando los procedimientos sancionadores iniciados bajo ese régimen no hayan excedido el plazo máximo de cinco años para imponer la sanción.
Sanciones a bancos mexicanos: el tope de cinco años contra la arbitrariedad
El Pleno concluyó que este plazo legal opera como un límite claro al ejercicio de la facultad sancionadora del Estado. La ley establecía que dicha facultad caduca a los cinco años contados a partir del día siguiente a aquel en que se cometió la conducta infractora. De esta manera, si dentro de ese lapso temporal no se notifica la sanción correspondiente, la autoridad pierde definitivamente la posibilidad de imponerla.
Durante el debate, la Corte explicó que el principio de seguridad jurídica no exige que las personas legisladoras establezcan plazos específicos para cada etapa del procedimiento administrativo. Lo indispensable es que exista un límite temporal que impida que la autoridad actúe de manera arbitraria o prolongue indefinidamente el procedimiento. En este caso, aunque la norma no fijaba un plazo concreto para que la Condusef emitiera su resolución final tras concluir la instrucción, sí establecía un plazo de cinco años que delimitaba la duración total del procedimiento sancionador.
Sanciones a bancos mexicanos: el fin de las contradicciones y la nueva regla de 2024
Con esta decisión, la Suprema Corte da certeza a los procedimientos sancionadores iniciados bajo la legislación anterior, al confirmar que la actuación de la autoridad estaba sujeta a un límite temporal claro. Este criterio se emite al resolver una contradicción que existía entre decisiones tomadas por las extintas Salas de la Suprema Corte. Mientras la Primera Sala consideró que la norma era inconstitucional por no establecer un plazo específico para la resolución, la Segunda Sala sostuvo que el precepto sí era válido porque contemplaba un plazo general de caducidad de cinco años.
Finalmente, los magistrados de la Corte precisaron qué ocurrirá con los expedientes más recientes del sector. Para los procedimientos iniciados a partir de la reforma publicada el 24 de enero de 2024, se aplicará el nuevo plazo establecido por la ley. Este marco jurídico actualizado fija un límite mucho más estricto de ciento ochenta días hábiles para emitir la resolución sancionadora correspondiente.