7 de enero 2026 - 12:33

Docentes graduados en Normales y la UPN tendrán prioridad para conseguir trabajo en 2026 tras fallo de la Suprema Corte

El máximo tribunal avala la "mano preferente" para egresados de Normales y la UPN. La sentencia confirma que darles prioridad en la asignación de plazas no es discriminación, sino una estrategia constitucional para fortalecer la educación pública.

UPN, organismo de la SEP para formar docentes.

UPN, organismo de la SEP para formar docentes.

El mercado laboral docente para el ciclo 2026 tendrá reglas claras y, ahora, constitucionalmente blindadas: la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo determinante que valida la estructura de contratación y ascenso en el sistema educativo nacional, confirmando que los egresados de instituciones públicas tendrán "mano" al momento de competir por una plaza.

En una sesión definitiva, el Tribunal Pleno declaró la validez de los artículos clave de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, desestimando los amparos que consideraban discriminatorias estas medidas. Con esto, se legitima el modelo que prioriza a los formados en casa: las Escuelas Normales, la Universidad Pedagógica Nacional (UPN) y los Centros de Actualización del Magisterio.

SUPREMA CORTE JUSTICIA MEXICO

¿Por qué tienen prioridad los Normalistas?

El punto más álgido del debate se centraba en los artículos 35, 39 (fracción VIII) y 40. Estos apartados establecen explícitamente que, en los procesos de admisión, se debe otorgar prioridad a los egresados de las instituciones públicas de formación docente.

La SCJN fue contundente en su análisis: no constituye discriminación. El argumento de los ministros se basó en el Artículo 3 de la Constitución, señalando que esta medida persigue una "finalidad constitucionalmente legítima": fortalecer a las instituciones públicas.

"No se basa en categorías sospechosas y mantiene abiertas las posibilidades de ingreso para profesionistas de otras instituciones mediante procesos de selección públicos, transparentes y equitativos", se lee en la resolución.

Esto significa que, aunque un egresado de una universidad privada puede concursar, el sistema está diseñado legalmente para absorber primero al talento formado por el Estado, cerrando el círculo de la inversión pública en educación.

Luz verde a las promociones y estímulos

Además del ingreso, la Corte dio certeza sobre cómo los maestros pueden ganar más dinero sin cambiar de función (Promoción Horizontal).

Al validar los artículos 44 y 64, el tribunal respaldó las reglas del juego financiero para el magisterio:

  • Educación Básica (Art. 44): Se ratifica el programa de niveles de estímulo. La SEP tiene la facultad de dictar las reglas de incorporación y permanencia, garantizando que quien ya tiene un incentivo no lo pierda.

  • Educación Media Superior (Art. 64): Se confirma que las autoridades educativas deben emitir programas con categorías y requisitos claros, previa aprobación de la SEP.

La Corte concluyó que los legisladores no dejaron vacíos legales. Las normas son claras sobre quién participa, cuánto pueden ganar extra y qué criterios se evalúan. Con este fallo, la SEP tiene el camino libre para operar los concursos de plazas y promociones de 2026 sin temor a reveses judiciales, consolidando la rectoría del Estado sobre la carrera magisterial.

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