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30 de enero 2026 - 11:58

Suprema Corte prohíbe que te pidan datos biométricos para registrar tu celular en México: por que sí es legal el padrón 2026 con la CURP

El máximo tribunal trazó una línea roja en la privacidad: tus huellas y tu iris son intocables. Sin embargo, el nuevo esquema que vincula tu número a tu CURP avanza con luz verde y una fecha fatal para el "apagón telefónico".

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Qué dice la Suprema Corte sobre el padrón telefónico.

En medio de la confusión generada por las nuevas normativas de telecomunicaciones, es vital aclarar el panorama legal para los usuarios mexicanos. Tras una larga batalla judicial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido años atrás un precedente histórico: ninguna autoridad ni compañía telefónica puede condicionar tu servicio a la entrega de datos biométricos (como el escaneo de iris o huellas dactilares).

No obstante, esta victoria por la privacidad física no exime a los ciudadanos de las nuevas obligaciones administrativas. El gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum ha puesto en marcha un esquema de registro para este 2026 que, aunque respeta la sentencia de la Corte sobre biometría, exige obligatoriamente la vinculación de la CURP para evitar el bloqueo de la línea.

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El fantasma del PANAUT: ¿por qué la Suprema Corte dijo "no"?

Para entender el presente, hay que mirar al fallido Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT). Aquella iniciativa pretendía crear una base de datos centralizada en manos del Estado que incluía información biológica de todos los mexicanos.

En abril de 2022, la SCJN frenó en seco esta intención mediante la sentencia de la Acción de Inconstitucionalidad 82/2021. Los ministros determinaron que:

Gracias a este fallo, hoy nadie puede exigirte que "pongas el dedo" o "escanees tu cara" para comprar un chip.

El Padrón 2026: ¿por qué este SÍ es legal?

Si la Corte prohibió el padrón anterior, ¿por qué el registro actual impulsado por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) es válido?

La diferencia radica en la invasividad y el resguardo. El nuevo esquema vigente desde el 9 de enero de 2026 es legal porque:

Cuenta regresiva: el apagón telefónico

Aunque no te pedirán tus huellas, la medida administrativa es estricta. El objetivo es combatir el anonimato que facilita la extorsión y el secuestro virtual.

Las fechas clave que no debes perder de vista:

La Consecuencia: Si para el primer minuto del 1 de julio de 2026 tu línea (sea de plan o prepago) no ha sido vinculada a una CURP válida, las operadoras tienen la instrucción de proceder a la suspensión total del servicio.

Esto implica que el dispositivo quedará inhabilitado para llamadas, mensajes y navegación en internet, funcionando únicamente para marcar al 911 en casos de emergencia.

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