21 de noviembre 2024 - 08:09

Balotaje 2024: qué hacer si faltan hojas de votación en el cuarto secreto

Los partidos políticos son los encargados de asegurar la disponibilidad. Cuál es el rol de la Comisión Receptora de Votos.

Los partidos políticos son los encargados de garantizar la disponibilidad de hojas de votación para el balotaje 2024.

Los partidos políticos son los encargados de garantizar la disponibilidad de hojas de votación para el balotaje 2024.

Imagen: Ámbito Uruguay

Una cuestión que puede ocurrir durante la jornada electoral del balotaje 2024 es que, al momento de ingresar al cuarto secreto, falten hojas de votación de los candidatos que uno quiera elegir; por eso, es importante que todos los ciudadanos sepan cómo proceder en estos casos.

La Corte Electoral detalló que la disponibilidad de hojas de votación en los cuartos secretos, al igual que ocurrió en las elecciones generales, será competencia de los partidos políticos y son sus delegados los encargados de abastecer a los más de 7.000 circuitos durante la jornada de votación.

En tanto, es el presidente de cada Comisión Receptora de Votos (CRV) quien debe mantener en orden el cuarto secreto, donde depositará las hojas de votación, procurando siempre que la exhibición de las mismas sea igualitaria y permita su fácil distinción, para lo cual puede inspeccionar tantas veces como considere prudente dicho cuarto, o cuando se lo solicite un delegado.

Además, cuando estos traigan hojas de votación o de ratificación, los acompañará para que las coloquen en el cuarto secreto.

En cuanto a la potestad de los electores, agregó: “En el caso de que el votante no encontrara la o las hojas de su preferencia, podrá retirarse sin votar y volver en otro momento”.

En esta ocasión, la votación y la organización será mucho más sencilla, ya que solo habrá dos hojas de votación en cada cuarto secreto: la del Frente Amplio (FA), con la fórmula Yamandú Orsi - Carolina Cosse; y la del Partido Nacional (PN), con el binomio Álvaro Delgado - Valeria Ripoll. Mientras que no habrá papeletas para ningún plebiscito.

¿Qué ocurre con los ciudadanos que no voten?

La Corte Electoral también precisó que el sufragio será obligatorio una vez más, como lo fue en la primera vuelta del 27 de octubre. Así, las personas que estén habilitadas y no concurran a votar podrán justificar la ausencia por padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física, estar ausente del país el día del acto o por razones de fuerza mayor.

En cambio, las personas habilitadas que sin causas fundadas no hubieran votado deberán hacer efectivo el pago de la multa. El valor será de 1 UR (Unidad Reajustable), es decir 1.741,80 pesos, mientras que el monto será de 2 UR (3483.6 pesos) para funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República (UdelaR).

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