22 de noviembre 2022 - 10:12

El gobierno busca flexibilizar las normativas de impacto ambiental de las obras

El Poder Ejecutivo trabaja en una actualización de la ley de ordenamiento territorial, de 2008, para relajar las condiciones de evaluación ambiental estratégica en algunas áreas de Uruguay.

La Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial anunció el proyecto que buscaría flexibilizar los estudios de impacto ambiental para las obras en Uruguay.

La Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial anunció el proyecto que buscaría flexibilizar los estudios de impacto ambiental para las obras en Uruguay.

Gentileza Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial

El gobierno de Luis Lacalle Pou enviará al Parlamento un proyecto para flexibilizar la ley de ordenamiento territorial vigente desde 2008, sobre todo en lo que respecta a los estudios de impacto ambiental exigidos para la realización de determinadas obras en Uruguay, según anunció el director de Ordenamiento Territorial del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOT), Norbertino Suárez.

El objetivo del Poder Ejecutivo es que el proyecto, que se trata de una revisión de la normativa actual que comenzó a mediados del 2020, ingrese para su tratamiento antes de fin de año. Si bien el texto, que contiene 110 artículos y supone una actualización exhaustiva y pragmática del marco legal vigente —con flexibilización, aclaración, derogación, modificación y/o sustitución de diferentes puntos—, todavía no terminó de ser discutido en el Ministerio de Ambiente (MA).

De qué se tratan las modificaciones el ordenamiento territorial en Uruguay

Entre los cambios que el gobierno pretende impulsar, destacan las modificaciones sobre el procedimiento por el que se transforma un suelo —según sea rural, suburbano o urbano—, y cuyo objetivo es flexibilizar las situaciones en las que un estudio de impacto ambiental es requerido para el avance de una obra.

De esta forma, se dejaría de exigir la aprobación de la evaluación ambiental estratégica en proyectos que se realicen en zonas definidas como potencialmente transformables por los departamentos porque ya cuentan con el aval a través de los instrumentos de planificación general de cada intendencia.

A su vez, se permitirá el desarrollo de planes específicos en aquellas zonas que no sean potencialmente transformables, pero que sean trascendentes para los intereses departamentales o nacionales. Aunque, en este caso, el instrumento debe contar con todas las instancias legales de participación social y administrativas ante los ministerios.

Asimismo, se reinstaurará la evaluación ambiental estratégica en los instrumentos del ámbito nacional, algo que había quedado sin vigencia con la creación del MA.

Autoridades y competencias: qué cambiaría

Entre las muchas modificaciones que establece el proyecto para reformar la ley de ordenamiento territorial, también se clarifica —aunque no supone un cambio en sí mismo— qué organismos son los competentes para realizar la aprobación previa.

En este sentido, se establece en primer lugar a las intendencias en los casos de instrumentos departamentales e interdepartamentales, y al Poder Ejecutivo o el MVOT en los instrumentos del ámbito nacional. Mientras que cuando se pretenda un efecto cautelar, el tema será sometido a consideración de la Junta Departamental.

Por su parte, la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial (Dinot) podrá operar como coordinador ante diversos organismos en el intercambio institucional, con la finalidad de prevenir conflictos o contradicciones.

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