25 de junio 2024 - 10:35

Elecciones internas 2024: ¿cuáles son las funciones de las autoridades de una CRV?

Las Comisiones Receptoras de Votos cumplen un rol fundamental para el desarrollo de la jornada electoral en Uruguay, y cada integrante tiene funciones específicas.

Las Comisiones Receptores de Votos son fundamentales en las elecciones uruguayas.

Las Comisiones Receptores de Votos son fundamentales en las elecciones uruguayas.

Como en todos los comicios en Uruguay, las Comisiones Receptoras de Votos (CRV) tendrán un rol fundamental en las Elecciones Internas 2024. Compuestas por un presidente, un secretario y un vocal designados por la Corte Electoral, son las encargadas de que cada voto ingrese debidamente en las urnas para que, al final del día, se contabilice en el resultado final. Pero, ¿qué función tiene cada autoridad de una CRV?

Más allá de cada rol en específico, las CRV están integradas por funcionarios y escribanos públicos que tengan vigente su inscripción cívica en el departamento en que deban actuar. Son designados por la correspondiente Junta Electoral. Y solo por excepción, si éstos no fueran suficientes, podrán ejercer esas funciones ciudadanos que no tengan esas calidades.

El resto de las personas pueden consultar en el padrón electoral qué CRV les corresponde para emitir su voto. Pueden hacerlo en la página oficial de la Corte Electoral o en el buscador del padrón.

Las funciones de las autoridades de una CRV

De manera general, las tres personas integrantes de una Comisión Receptora de Votos tienen la función de controlar y garantizar que la parte administrativa de la elección transcurra como es debido.

Para ello, revisan que todos los electores estén debidamente habilitados para emitir su voto, entre otras responsabilidades que se delegan a cada autoridad.

Presidente

El presidente de una CRV es el encargado de dirigir el trabajo de dicha comisión. Además, debe cumplir las siguientes funciones:

  • recibir la credencial cívica del elector, anunciando en voz alta su serie, número y nombre;
  • comprobar si el elector figura en el legajo del circuito y verificar si el documento corresponde con la identidad de la persona (comparando la foto);
  • ejercer la policía del acto eleccionario para mantener el orden de la votación y la seguridad de la libertad de expresión;
  • firmar los sobres de votación, las hojas de identificación y observación, las actas y registro que labre la CRV, así como toda hoja de votación que se anule durante el escrutinio;
  • recibir las hojas de votación que entreguen los delegados de los partidos o sectores políticos, y acompañarlos para que las depositen en el cuarto secreto;
  • inspeccionar el cuarto secreto para comprobar si las hojas de votación están en buen estado, y reemplazarlas en caso de ser necesario;
  • firmar junto al secretario el recibo que acredita la entrega de las urnas y demás constancias que corresponda entregar;
  • expedir y firmar junto con el secretario y el vocal las copias del Acta de Escrutinio destinadas a la Junta Electoral y a los delegados.

Secretario

La persona que ocupe la secretaría de una CRV es la encargada de llevar la lista ordinal de votantes, y llenar las actas de instalación, de clausura y de escrutinio, así como el registro de delegados, en la forma más prolija posible, y firmarlos con el presidente y el vocal.

Además, deberá:

  • firmar obligatoriamente los sobres a utilizar en la votación, las hojas de identificación y observación, y las actas que labre la CRV así como toda hoja de votación que se anule durante el escrutinio;
  • firmar conjuntamente con el presidente de la CRV el recibo que acredita la entrega de las urnas y demás constancias que corresponda;
  • expedir y firmar junto con el presidente y el vocal las copias del Acta de Escrutinio destinadas a la Junta Electoral y a los delegados.

Vocal

El vocal tiene como función principal verificar si el elector figura en la nómina de habilitados del circuito, es decir en el padrón. Y, en tal caso, señalarlo con una tilde y establecer el número que le corresponde al elector en la lista ordinal.

A esto se le suman otras funciones, como:

  • llenar en forma las hojas de identificación y observación y tomar correctamente la impresión digital del elector cuando el voto es observado por identidad;
  • llevar la “Planilla Especial de Votos Observados” a medida que se vayan recibiendo, y firmarla al final junto con los demás integrantes de la CRV;
  • firmar el acta de instalación, el registro de delegados, la lista ordinal de votantes y las actas de clausura y de escrutinio;
  • expedir y firmar junto con el presidente y el secretario las copias del Acta de Escrutinio destinadas a la Junta Electoral y a los delegados.

Otros roles en la jornada electoral

Además de los tres integrantes de la CRV, existen otros roles de importancia en un circuito electoral, para que la votación se lleve a cabo con normalidad y garantías democráticas.

Facilitador

Entre los funcionarios públicos, la Junta Electoral también designa facilitadores, es decir, personas que durante la jornada electoral están para ayudar en el transcurso de la misma. Esta figura se destina a los locales donde funcionan más de una CRV, y deben quedarse allí hasta que el presidente y el secretario de la comisión entreguen la urna.

La función del facilitador consiste en orientar a las personas que concurran al local de votación para que puedan emitir su voto en la CRV que les corresponda, y apoyar la labor de dicha comisión.

Delegados

Los delegados son personas designadas por los partidos y agrupaciones políticas para que cumplan el contralor político de los votos. Por ejemplo, corroborar que los cuartos secretos tengan las hojas de votación correspondientes a sus candidatos.

Cada agrupación puede designar delegados generales, con facultades de representación ante todas las CRV; y un delegado circuital; con autoridad en la comisión que le corresponda.

Dejá tu comentario

Te puede interesar