La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzó con la instrumentación de las modificaciones referidas a las alícuotas para los dividendos y utilidades del Impuesto a las Ganancias Sociedades introducidas por la Ley 27.630, a través de la Resolución General 5060/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Ganancias: AFIP implementó cambios para sociedades
La nueva alícuota del 7% establecida por el Congreso comenzará a regir para el período fiscal 2021. La RG instrumentó el cambio de la alícuota prevista en la normativa anterior, del 13% al 7%.
-
AFIP: uno a uno, todos los vencimientos de septiembre 2024
-
Cambios en el Monotributo Social: cómo reempadronarse en septiembre 2024 para no perder los beneficios
La nueva alícuota del 7% establecida por el Congreso comenzará a regir para el período fiscal 2021. La RG determinó el procedimiento para el ingreso de la retención del Impuesto a las Ganancias derivada del pago o puesta disposición de dividendos y utilidades, e instrumentó el cambio de la alícuota prevista en la normativa anterior, del 13% al 7%.
Las modificaciones son aplicables sobre los dividendos y utilidades pagados o puestos a disposición de personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país y beneficiarios del exterior, siempre que éstos se hayan generado en períodos fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2018.
La Ley 27.630 del impuesto a las Ganancias de sociedades profundiza la progresividad del impuesto al contar con un esquema diferenciado de alícuotas de acuerdo al tramo de ganancia de la empresa. En base a lo informado por el organismo, se estableció una alícuota sobre distribución de dividendos de 7% para todas las empresas, que es lo que ahora se instrumenta.
La Ley de Solidaridad estableció cambios en el Impuesto a las Ganancias para sociedades. El texto postergó la aplicación de la tasa del 25% para sociedades prevista para este año por un año más, lo que extendió un año más la tasa del 30%. La reforma más relevante que hizo el Gobierno fue aumentar la alícuota del Impuesto a las Ganancias para quien tenga ganancia neta superior a 50 millones. Una vez superado ese monto empiezan a pagar la alícuota más alta de Ganancias, un 35% al que se le suma un 7% más si distribuye dividendos, lo que lleva la alícuota a valores cercanos del 40%.
- Temas
- AFIP
Dejá tu comentario