La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 1 de abril próximo el plazo para que las entidades financieras informen sobre los intereses y rendimientos producto de la colocación del capital de los clientes alcanzados por el impuesto a las Ganancias.
La resolución general 4438/2019, publicada este viernes en el Boletín Oficial, prorrogó el plazo originalmente fijado hasta el 15 de marzo.
La legislación dispuso un régimen de información a cargo de las entidades financieras, los agentes de liquidación y compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores (CNV) y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión, respecto de las operaciones efectuadas por sus clientes, durante 2018, intereses o rendimientos que puedan estar alcanzados por Ganancias.
La medida precisó que "en virtud de planteos efectuados por algunos sujetos obligados al régimen, respecto a ciertos inconvenientes en la recopilación de la información a suministrar, resulta aconsejable extender hasta el 1 de abril, el plazo para cumplir con el aludido régimen".
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