A mediados de septiembre, el Gobierno oficializó la modificación del Impuesto a las Ganancias para que desde octubre lo paguen las personas con salarios superiores a $1,7 millones. Cuando se realizó el anuncio, Sergio Massa anticipó que con el nuevo piso le supondría al Gobierno dejar de recaudar cerca de $1 billón al año, el 0,6% del Producto Bruto Interno. La compensación sería a través del Impuesto PAIS cuya alícuota es del 30%.
Dólar: AFIP cambió percepciones de Ganancias y Bienes Personales ¿cuánto pagará cada contribuyente?
A través de la Resolución 5430/2023, los consumos en el exterior realizados con tarjeta de crédito y débito se le aplicará el 25% sin considerar ningún monto de consumo máximo por mes o por persona.
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Y, en línea con ese anuncio, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó este martes en el Boletín Oficial, la Resolución 5430/2023, que establece que a los consumos en el exterior realizados con tarjeta de crédito y débito se le aplicará el 25% de Bienes Personales sin considerar ningún monto de consumo máximo por mes o por persona.
Recordemos que, hasta ahora, regían dos cotizaciones: una que se gastaba menos de u$s300 por mes dólar solidario y otra cuando superaba el monto (dólar Qatar). De esta manera, esperará recaudar más por esta vía.
Dólar: los cambios que se implementaron
El dólar Qatar incluye un 30% del impuesto PAÍS, un 45% deducible del Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales y contemplaba, hasta ahora, una percepción del 5% a cuenta de Bienes Personales, ya que, a mediados de agosto, AFIP dispuso una reducción del 25% al 5% en esa alícuota que se aplica para los consumos en el exterior con tarjetas de débito y crédito superiores a los u$s300 mensuales por persona.
A través de la norma emitida este martes, eso se modificó y pasa a ser, para todos los casos, del 25% el adelanto de Bienes Personales. Así, se le suma al precio del dólar oficial la percepción del 30% del Impuesto País, la del 45% de adelanto de Ganancias y la del 25% de Bienes Personales. Eso, por un lado. Por eso, la norma habla de "unificación" porque todos los gastos en dólares con tarjeta pagarán lo mismo.
Y, dada la unificación de precio que se había dispuesto para el dólar ahorro y el tarjeta hace meses, quienes compren divisas en el mercado oficial de cambios también pasan a pagar el mismo valor con igual carga tributaria que la que se aplica a los gastos con el plástico, que es un precio de $734,4 por dólar.
Dólar: qué pasa con quienes ya no pagan Ganancias y los monotributistas
Pero otro de los cambios que se implementan a través de la nueva norma es un cambio en los anticipos de Bienes Personales y Ganancias de manera tal que se aplica el 45% y 25% a cuenta de adelanto de cada uno de los impuestos mencionados respectivamente, pero, según la categoría del contribuyente, se determinará a qué tributo se aplique la percepción.
"Lo que se interpreta de la norma es que, en función de los cambios recientes en Ganancias, que implicaron que muchos contribuyentes dejaran de pagar el impuesto desde este mes, se unifica el cobro de los tributos para todos los tipos de cambio, pero, por otro lado, quienes no pagan Impuesto a las Ganancias porque ganan más de $1,7 millones con esta última reforma podrán computar toda la carga tributaria a cuenta del otro impuesto. Entonces dicen que esa percepción del 45% y 25%, te da 70%, y esa es a cuenta de bienes personales", explica a Ámbito el tributarista Santiago Sáenz Valiente.
Impuesto PAIS: ¿en qué casos se va a aplicar la percepción del 25%?
La percepción del 25% se va a aplicar en las siguientes operaciones comprendidas en los incisos a) a e) del art. 35 de la Ley 27541 y en el inciso b) del art. 13 bis del Decreto 99/2019 que los podemos resumir así:
- Compra de Dólar Ahorro.
- Pagos con pesos de los consumos de las tarjetas de crédito, de compra y de débito realizados en moneda extranjera sin importar el monto mensual.
- Pagos con pesos de servicios en el exterior contratados por agencias de viajes y turismo del país.
- Pagos con pesos de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática con destino fuera del país, excepto el caso de transporte terrestre de pasajeros a países limítrofes.
- Pago con pesos de importación de determinados productos suntuarios.
Y, por otro lado, las percepciones practicadas a la tasa del 45% se aplica la posibilidad para quienes no pagan Impuesto a las Ganancias la posibilidad de sumar al 25% de adelanto de Bienes Personales el 45% de Ganancias. De este modo, se toma como adelanto de ese impuesto y luego recibirán la devolución de ese 45% también sobre ese tributo.
En ese sentido, Sáenz Valiente menciona que "los monotributistas, que son los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y que no resultan responsables del Impuesto a las Ganancias, lo aplican Impuesto sobre los Bienes Personales, mientras que los demás sujetos sí lo aplican a cuenta del Impuesto a las Ganancias".
En tanto, respecto de las percepciones practicadas a la tasa del 25% tendrán el siguiente tratamiento: las personas o sucesiones indivisas podrán aplicarlo al Impuesto sobre los Bienes Personales o, en caso que no sean contribuyentes de ese tributo, se podrá solicitar su devolución, mientras que quienes paguen Ganancias podrán aplicarlo al pago de esa obligación tributaria. En tal sentido, la norma establece los códigos que utilizará la AFIP para cada caso.
Dólar: cómo se aplicarán las percepciones según contribuyente
Así, el Sáenz Valiente menciona que lo que sucede es que, tras "los cambios realizados en el impuesto a las Ganancias, las percepciones que se practiquen por el presente régimen se considerarán, conforme la condición tributaria del sujeto pasible". Opina que lo que sucede es que el Gobierno decidió aumentar las percepciones a través de una resolución de AFIP porque no pueden hacerlo por ley, como sí se aprobó el impuesto PAIS en su momento.
Y es que los tipos de cambios paralelos están subiendo mucho en los últimos días, con un blue que ya supera los $940 y un dólar MEP y Contado Con Liqui en torno a los $850 cada uno. En ese sentido, estaban muy desfasados respecto del dólar tarjeta y muchas personas empezaron a adelantar gastos con y tarjeta en el exterior de cara a las vacaciones de verano y se apuraron a comprar dólar ahorro, quienes pudieron, porque estaba mucho más barato que el tarjeta.
Sin embargo, para Sáenz Valiente "las exigencias de adelantos de impuestos son superiores al impuesto determinado y eso no es una metodología correcta porque considera que es capital de trabajo que queda en manos del Estado". Y es que, al ser a cuenta, ese dinero no lo tendría que dejar al fisco el contribuyente en ese momento en el que se le retiene, sino que lo podría usar con otros fines económicos, pero, sin su aprobación, sino por una norma que no es ley, se le retiene igual.
"Se llama pago sin causa porque la "causa" debería ser una norma legal, que en este caso no existe. Y, respecto de este tema, debo decir que el hecho de exigir adelantos a cuenta de un impuesto, para mi no esta bien, pero es legalmente admitido. Esos adelantos quedan a cuenta del pago del contribuyente y agrega presión fiscal a través de una normativa que no esta aprobada por el Congreso", explica Sáenz Valiente respecto del fundamento de su crítica a este procedimiento.
Cambios en sintonía con modificaciones en Ganancias
Lo concreto es que, desde ahora, el gasto en dólares con tarjeta y la compra de dólar ahorro serán más caros para el contribuyente y eso está acompañado de un cambio en la modalidad de aplicación del cobro de adelantos de impuestos. La medida está en línea con las modificaciones en Ganancias que se realizaron hace apenas unos días.
De esta manera, quienes ya no paguen ese impuesto sobre sus ingresos tendrán una manera de poder recibir la devolución del porcentaje cobrado a cuenta de otro tributo y, de esa manera, no se pierde el beneficio que tenían hasta ahora, aunque muy devaluado, ese dinero se les sigue restituyendo a los meses de haber hecho la compra.
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