18 de abril 2025 - 08:30

ANSES ofrece ayuda económica a quienes perdieron a un ser querido

Conocé los requisitos para obtener esta prestación y qué documentos se necesitan para solicitarla.

ANSES ofrece acompañamiento económico a viudos y familiares de personas fallecidas.

ANSES ofrece acompañamiento económico a viudos y familiares de personas fallecidas.

La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) ofrece diversas prestaciones para ayudar a las personas económicamente. Una de estas es la Pensión por Fallecimiento, con la que pretenden acompañar a familias luego de la muerte de un ser querido y con la que podrán cobrar sus haberes restantes.

ANSES ofrece distintos tipos de pensiones por fallecimiento. Está la pensión por fallecimiento de un trabajador, de un jubilado o de un beneficiario de Pensión No Contributiva. Además, cuenta con un subsidio de contención familiar que tiene un valor fijo de $15.000.

ANSES: Requisitos para acceder a la Pensión por Fallecimiento

Para poder solicitar esta prestación, los beneficiarios deben cumplir con las siguientes condiciones, dependiendo del tipo de pensión:

Fallecimiento de un trabajador

  • Cónyuge: con partida de casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento).
  • Conviviente: acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a 2 años.
  • Hijo: ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del trabajador fallecido.

Por otro lado, el trabajador fallecido debía cumplir:

  • Tener 30 años de aportes para el régimen común.
  • Como aportante regular:
  • haber aportado 30 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.

Como aportante irregular:

  • haber aportado 18 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
  • haber aportado 12 meses dentro de los últimos 60 meses antes de su fallecimiento y tener la mitad del total de años exigidos por el régimen común o diferencial. En caso de no cumplir con este requisito como solicitante podés completar los años de aportes, computando servicios regularizados por alguna de las Moratorias Previsionales.

Fallecimiento de un jubilado

  • Cónyuge: partida de casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento).
  • Conviviente: tenés que acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a 2 años.
  • Hijos: ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del jubilado fallecido.
  • Además, deben haber transcurrido más de 10 días desde la muerte.

Cómo solicitar la Pensión por Fallecimiento

En cualquiera de los casos, aquellos que quieran recibir esta prestación deberán sacar turno a través de la página web de ANSES y dirigirse a las oficinas del organismo. Además, dependiendo de quién haya fallecido, se deberán presentar los siguientes documentos:

Fallecimiento de un trabajador

  • Cónyuge o conviviente: DNI y formularios PS.6.284 y PS.6.9.
  • Hijo huérfano: original y copia de tutoría o curatela.
  • Hijos incapacitados para trabajar: original y copia de certificado de alumno regular, estudios, diagnósticos y certificados médicos que acrediten la incapacidad a la fecha del fallecimiento del trabajador. Formularios PS.6.9, PS.6.12 y PS.6.13.

Del trabajador fallecido:

  • En relación de dependencia: Formularios PS.6.2, PS.6.1 y PS.5.7. Si se desempeñó como personal de casas particulares, además, se deberá presentar: recibos de sueldos, ticket de aportes, Declaración Jurada Régimen Especial.
  • Trabajador autónomo: Formularios 558/A, 558/B y 558/C de ARCA (ex AFIP). Originales y copias de los pagos autónomos y monotributistas.
  • Si hay aportes que no están registrados, reunir la documentación que pruebe los períodos trabajados: certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social y/o declaración jurada que acredite los servicios del trabajador fallecido.

Fallecimiento de un jubilado

Del jubilado fallecido:

  • Partida de defunción.
  • Formulario Información Bancaria (PS 6.76), sólo en caso de no encontrarse registrada esta información en ANSES.

Del cónyuge o conviviente del jubilado:

  • DNI.
  • Formulario Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562 (PS 6.9).
  • Si la persona fallecida se jubiló por moratoria (Ley 24.476) y existieran cuotas pendientes de pago se deberá presentar el Formulario Aceptación de descuento de cuota de moratoria de la prestación de pensión (PS 6.279).
  • Formulario Declaración Jurada sobre la eventual percepción de prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad (PS 6.284). sobre la eventual percepción de prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad.

Del hijo incapacitado para trabajar:

  • Formulario Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562 (PS 6.9).
  • Formulario Declaración Jurada dependencia económica titular (PS 6.12).
  • Formulario Declaración Jurada dependencia económica testimonial (PS 6.13).
  • Huérfanos: presentar original y copia del testimonio de tutoría o curatela transitoria o definitiva, con aceptación de cargo, discernimiento y autorización para percibir haberes devengados y a devengar.

Fallecimiento de beneficiario de Pensión No Contributiva

  • Partida de defunción.
  • Documentación que acredite el vínculo con la persona fallecida.
  • Certificado de discapacidad, en caso de corresponder.
  • DNI original del solicitante.
  • Formulario Solicitud de prestaciones previsionales (PS 6.18) (para Pensión Madre 7 hijos, por Vejez o Ganadores de títulos olímpicos o paralímpicos, completando el rubro OTRAS en el tipo de prestación solicitada y aclarando la que corresponda).

Para el caso de pensión para ex presos políticos:

  • Formulario Solicitud de la Pensión Graciable Ley N° 26.913 (PS 6.299).
  • Deberá completar una nota para solicitar pase a la Secretaría de Derechos Humanos.

Para el caso de pensión honorífica de Veteranos de Guerra:

  • Formulario Declaración Jurada sobre la eventual Percepción de Prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o Seguridad (PS 6.284).

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