Dólar turista y dólar ahorro: cómo solicitar la devolución del 35% de Ganancias

La AFIP anunció que extiende hasta el 13 de abril el plazo para que los contribuyentes ingresen sus deducciones del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2021. Cuáles son los pasos a seguir.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso una suba de la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales al 45%, para operaciones destinadas en consumos en dólares para servicios y productos, como turismo, Netflix, Spotify, entre otros. Ámbito te cuenta cómo solicitar la devolución del 35% de Ganancias, tras los aumentos en el dólar turista y dólar ahorro o dólar solidario.

Desde este jueves, el tipo de cambio del dólar solidario se desdobló en dos partes. Por un lado, el dólar ahorro, que mantiene la percepción del 35%. En base a la cotización de cierre del miércoles 13 de julio, llegó a $223, es decir, el valor del dólar oficial más el recargo de 30% del impuesto PAÍS y el anticipo a cuenta del Impuesto a las Ganancias de 35%.

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AFIP dispuso a través de la Resolución General 5165/2022 un plazo hasta el 13 de abril para tramitar la devolución del 35% del Impuesto a las Ganancias que se paga al comprar dólar ahorro, así como aquellos gastos que se realizaron en moneda extranjera mediante tarjeta de crédito y débito con el dólar turista.

Los empleados en relación de dependencia que les retienen ganancias deberán presentar el Formulario Web 572 correspondiente al 2021 para recuperar las percepciones del 35% del año pasado. Los conceptos ingresados como pagos a cuenta deberán ser informados por medio del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) a través de la presentación del Formulario web 572.

¿Cómo solicitar la devolución del 35% de percepciones por operaciones en dólares?

  • El trámite está habilitado desde el día 4 de enero de 2022, cuando AFIP comenzó a recibir las solicitudes por devoluciones de la percepción del 35% previsto por la Resolución General 4815.
  • El período de las operaciones hechas en dólares, para realizar el reclamo, es entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021. El trámite se deberá realizar ante la AFIP.
  • Estas percepciones son las que se practican por la compra de dólar ahorro, compras con tarjetas de crédito y compra en moneda extranjera que se pague en pesos, adquisición de servicios en el exterior a través de agencias de turismo, adquisición de pasajes al exterior, entre otras.
  • Es importante destacar que no se podrá realizar devolución del Impuesto PAIS (30%) por considerarse un gasto.

Paso a paso cómo tramitar en AFIP le devolución del 35% por operaciones en dólares

  • En primer lugar, se deberá informar ante la AFIP la CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada y poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Ir al servicio Devolución de Percepciones AFIP.
  • Allí nuevamente se encontrarán precargadas las percepciones practicadas en 2021 y que fueron informadas por los agentes de percepción a la AFIP. También se podrán cargar manualmente como en el caso anterior.
  • Se puede seguir el trámite hasta su culminación, a través del servicio “Devolución de percepciones”.
  • El monto de las solicitudes aprobadas será transferido para su acreditación en la cuenta bancaria informada por el contribuyente al momento de realizar la declaración de la CBU.

Cuál es el plazo para presentar la DD.JJ. de devolución del 35% ante AFIP

  • La Resolución General (AFIP) 4815 no establece plazo para el trámite. En consecuencia, por aplicación supletoria de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, el plazo es de 60 días hábiles administrativos. La AFIP deberá analizar cada caso particular.
  • Aquellas solicitudes que se deban derivar al área de fiscalización requerirán mayor plazo para su resolución. Las devoluciones podrán ser hasta ocho meses desde la solicitud según la experiencia del 2020.

¿Cuáles son las deducciones admitidas en el Impuesto a las Ganancias?

  • Cuota médico asistencial (medicina prepaga o cuota que exceda el aporte obligatorio a la obra social).
  • Primas de seguro para el caso de muerte (seguro de vida).
  • Primas de Ahorro correspondientes a Seguros Mixtos.
  • Aportes correspondientes a Planes de Seguro de Retiro Privados.
  • Donaciones.
  • Intereses de préstamos hipotecarios.
  • Gastos de sepelio (personas a cargo).
  • Gastos médicos y paramédicos.
  • Alquiler de inmuebles destinados a casa habitación.
  • Deducción del personal doméstico.
  • Aporte a sociedades de garantía recíproca (SGR).
  • Vehículos de corredores y viajantes de comercio.
  • Gastos de movilidad de viajantes.
  • Otras deducciones (aportes jubilatorios para la ANSES, aportes a Cajas de jubilación provinciales, Impuesto al cheque, entre otras).
  • Otras deducciones que se pueden aplicar en el SIRADIG
dólar tarjetas

Como novedad podemos encontrar dentro de las deducciones, gastos por el home office debido a la pandemia causada por el COVID-19:

  • Gastos de Adquisición de Indumentaria y Equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo: se podrá deducir en su totalidad todo gasto vinculado al equipamiento que necesita el empleado para ejercer su labor.
  • Los jubilados y quienes viven en la Patagonia tienen que ingresar en la opción "Beneficios", hacer clic en Trabajador Zona Patagónica y Jubilados / Pensionados y completar la información que piden para poder tener la deducción especial.

En la pestaña "Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta" se podrá computar:

  • Impuesto sobre créditos y débitos.
  • Percepciones / Retenciones aduaneras
  • Percepciones de la resolución general (AFIP) 3819/2015, realizadas por cancelaciones en efectivo.
  • La devolución del impuesto al dólar

En este caso, se debe cargar la deducción por Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020", realizadas por compra de dólar ahorro, gastos con tarjetas de crédito, compra y débito en moneda realizados en el exterior, pagos con tarjeta por compras desde el país, compras en agencias de viajes, compras de pasajes de avión, tren, barco o colectivo (35%).

¿Cómo cargar la información en SIRADIG?

Los pasos para cumplir con la obligación de carga de deducción son los siguientes:

1. Entrar en la página de AFIP (www.afip.gob.ar) "Acceso con clave fiscal" y seleccionar "SIRADIG – Trabajador" (de no encontrar este servicio, se deberá habilitarlo en “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”), “Agregar Retenciones / Percepciones / Pagos a Cuenta” y “Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020″ en el sector del Formulario F572 Web.

Informar las percepciones sufridas durante 2021. Estas deberán ser consideradas por los empleadores cuando realicen la liquidación anual, salvo que la relación laboral finalice con anterioridad.

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