La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dio de baja las habilitaciones de dos empresas del sector farmacéutico: Log In Farma SRL, que operaba como operador logístico de medicamentos en San Luis, y Droguería Pharmacor, de Corrientes, autorizada para el tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales.
Las medidas quedaron formalizadas mediante las disposiciones 6461/2026 y 6443/2026, publicadas en el Boletín Oficial con la firma del administrador nacional del organismo, Luis Eduardo Fontana. En los dos casos, la baja fue solicitada por las propias firmas, según consta en los considerandos.
En el caso de Log In Farma SRL, con domicilio en el Parque Industrial Norte de la ciudad de San Luis, la empresa pidió la baja de la habilitación como operador logístico de medicamentos que la ANMAT le había otorgado el 18 de noviembre de 2025. La decisión se tomó tras un informe técnico favorable del Departamento de Control de Mercado de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud.
Además de la baja, el organismo canceló el certificado de la habilitación y dio por terminadas las funciones de la farmacéutica Marcela Susana Granero como directora técnica de la firma a partir del 23 de julio de 2026.
En tanto, Droguería Pharmacor, de Zalazar Domingo Lino, con domicilio en la ciudad de Corrientes, había iniciado en 2022 un trámite para renovar su certificado de Buenas Prácticas de Distribución, otorgado en mayo de 2017, que la habilitaba para realizar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales. Sin embargo, durante el expediente la firma terminó solicitando la baja de esa habilitación.
Por ese motivo, la ANMAT dio de baja la autorización, canceló el certificado correspondiente y dio por terminadas las funciones de la farmacéutica Nora Nancy Catulo como directora técnica del establecimiento a partir del 2 de julio de 2026.
Las dos disposiciones aclararon que los actos agotan la vía administrativa, aunque las empresas podrán presentar recursos de reconsideración dentro de los 20 días hábiles administrativos, recursos de alzada dentro de los 30 días, o iniciar una acción judicial en un plazo de 180 días hábiles judiciales.