La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recordó un fallo histórico en favor de las trabajadoras mexicanas embarazadas, al determinar que el periodo de licencia por maternidad y el pago del subsidio correspondiente no pueden ser inferiores a las 12 semanas mínimas establecidas en la Constitución.
La Suprema Corte falla en contra del IMSS y confirma feliz noticia para trabajadoras mexicanas embarazadas
Se trata de una resolución de hace cinco años que ha marcado un precedente clave. En esta nota, los detalles.
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El fallo de la Suprema Corte contra el IMSS sobre embarazadas.
Durante una sesión realizada el 4 de marzo de 2020, los ministros de la Segunda Sala de la SCJN resolvieron un caso en el que una mujer trabajadora presentó complicaciones en su embarazo, lo que provocó que su parto ocurriera antes del inicio de su descanso prenatal. En esa situación, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) únicamente le autorizó el periodo de descanso posterior al parto, negándole los días de licencia previos que no alcanzó a disfrutar.
La Suprema Corte consideró que el IMSS actuó de forma indebida, ya que el derecho a la maternidad y al descanso previo y posterior al parto no puede verse reducido por causas médicas o de tiempo que estén fuera del control de la trabajadora.
En su resolución, la Segunda Sala estableció que, cuando un parto ocurre antes de la fecha programada —incluso antes del inicio del periodo prenatal—, el IMSS está obligado a otorgar a la trabajadora el descanso no disfrutado junto con el periodo posterior al parto. Esto, con el propósito de proteger la salud de la madre, el desarrollo del recién nacido y el derecho a la estabilidad familiar.
Suprema Corte: compensación económica del IMSS por daño causado
Dado que en el caso analizado ya había transcurrido el tiempo de la licencia y resultaba imposible restituir a la trabajadora en el goce del descanso negado, la Suprema Corte ordenó que el IMSS otorgue una compensación económica como medida de reparación integral por el daño causado.
Este criterio sienta un precedente importante, pues reconoce que la licencia por maternidad es un derecho irrenunciable, y que ninguna institución pública puede reducir su duración, sin importar las circunstancias en que ocurra el parto.
Suprema Corte: un paso más en la protección de los derechos laborales y reproductivos
Con esta decisión, la SCJN refuerza la protección de los derechos laborales y reproductivos de las mujeres mexicanas, asegurando que las trabajadoras cuenten con el tiempo y los recursos necesarios para recuperarse físicamente y atender a su bebé tras el nacimiento.
Además, la resolución obliga al IMSS y a otras instituciones públicas a revisar sus criterios internos para garantizar que en ningún caso se vulneren los derechos constitucionales de las madres trabajadoras, consolidando un avance significativo hacia la equidad laboral y la justicia social en México.




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