El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha reforzado sus medidas de fiscalización y este 2025 vuelve a hacer uso de una de sus facultades más contundentes: el congelamiento de cuentas bancarias de contribuyentes con adeudos fiscales. Esta decisión, respaldada por el Código Fiscal de la Federación, busca presionar a los deudores a ponerse al corriente con sus obligaciones, sin importar en qué institución bancaria tengan su dinero.
SAT bloquea cuentas bancarias por estas cuatro razones: puede dejarte sin acceso a tu dinero
Esta medida busca asegurar el cobro de adeudos fiscales en México. A continuación, los detalles.
-
SAT alegra a todos los mexicanos: si facturas estos gastos vas a pagar menos impuestos
-
Ricardo Salinas Pliego paga 25 millones de dólares por juicio de AT&T y el SAT está al acecho: cuánto dinero debe en México

SAT advierte sobre bloqueo de cuentas bancarias.
Las personas físicas o morales que presenten atrasos en el pago de impuestos o que hayan ignorado requerimientos del SAT podrían encontrarse, de un día para otro, con sus cuentas bloqueadas y sin posibilidad de disponer de sus recursos. Esta medida no distingue montos ni niveles de ingreso: cualquier cuenta puede ser congelada si existe una deuda fiscal firme o se detectan omisiones relevantes.
El SAT ha reiterado que esta acción no es una sorpresa ni un abuso de autoridad, sino una facultad legal establecida desde hace años, y que actualmente se aplica con mayor frecuencia gracias al uso de herramientas digitales de monitoreo y convenios con bancos para facilitar la ejecución de sanciones.
Por qué el SAT bloquea cuentas bancarias
Congelar una cuenta bancaria es una de las llamadas "medidas de apremio" previstas en el Código Fiscal de la Federación. Es decir, acciones inmediatas y legales que buscan obligar al contribuyente a cumplir con sus obligaciones. Este tipo de sanción se aplica generalmente cuando el contribuyente no paga impuestos, no presenta declaraciones o desatiende notificaciones oficiales del SAT.
Entre las razones más comunes que justifican el congelamiento de cuentas están:
- Falta de pago de impuestos dentro del plazo establecido.
- Omisión de declaraciones fiscales, ya sean mensuales, bimestrales o anuales.
- Existencia de créditos fiscales firmes, es decir, deudas ya determinadas y no impugnadas legalmente.
- Incumplimiento de requerimientos oficiales para entregar documentación o responder auditorías.
Una vez congelada la cuenta, el SAT notifica al contribuyente y este tiene el derecho de aclarar su situación o incluso impugnar la medida legalmente, por ejemplo, mediante un juicio de amparo. Sin embargo, mientras el proceso sigue su curso, el acceso a los fondos puede estar completamente bloqueado.
Es importante destacar que esta medida puede ejecutarse incluso cuando el monto adeudado no ha sido aún impugnado. Basta con que el SAT determine que hay un incumplimiento fiscal para que proceda al congelamiento.
Cómo evitar que el SAT bloquee tus cuentas bancarias
El SAT recomienda a los contribuyentes estar al tanto de su situación fiscal, cumplir en tiempo y forma con el pago de impuestos y responder a cualquier notificación oficial. Pero si ya existe un adeudo, hay formas legales de evitar el bloqueo total de tus cuentas.
Entre las principales recomendaciones están:
-
Regularizar de inmediato cualquier pago pendiente.
Atender requerimientos fiscales en el plazo señalado.
Presentar declaraciones omitidas, aunque sea de forma extemporánea.
Solicitar una prórroga o convenio de pago, en caso de que el monto sea elevado.
Además, el SAT permite a los contribuyentes presentar garantías del interés fiscal, que son mecanismos legales que aseguran el pago del adeudo y evitan el congelamiento. Algunas de estas garantías pueden ser:
-
Transferencias parciales de fondos.
Hipotecas sobre bienes inmuebles.
Entrega de títulos de valor o cartas de crédito.
Estas garantías deben cubrir no solo el monto original del adeudo, sino también los recargos y posibles multas. Si el SAT las acepta, las cuentas bancarias pueden ser desbloqueadas sin necesidad de pagar en una sola exhibición.
Dejá tu comentario