16 de noviembre 2025 - 18:00

SAT sale a la caza de tu aguinaldo 2025: estos mexicanos deberán pagar impuesto al cobrar este extra

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) delimita la carga fiscal del aguinaldo 2025. Checa la exención de ISR.

SAT: ¿Paga o no paga impuestos tu aguinaldo 2025?

SAT: ¿Paga o no paga impuestos tu aguinaldo 2025?

La temporada de fin de año en México no solo trae consigo el aroma a ponche y los festejos decembrinos, sino también la prestación económica más esperada y, a menudo, la más enigmática para millones de trabajadores: el aguinaldo 2025. Este ingreso, amparado por la Ley Federal del Trabajo (LFT), se convierte en un pilar para el cierre financiero personal o el arranque de nuevos proyectos, desde el pago de deudas hasta la planeación de las vacaciones.

Sin embargo, en el universo de la Economía y Trámites, surge invariablemente una pregunta que mantiene a raya a la curiosidad: ¿está este pago de fin de año completamente libre de la carga impositiva? La respuesta, como en el buen vino, tiene sus matices. Es crucial para todo contribuyente comprender que, si bien una porción considerable goza de una exención fiscal, la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) es muy clara al estipular que cualquier cantidad que rebase un límite preestablecido sí debe someterse al gravamen correspondiente.

El umbral de la exención del SAT: quiénes reciben la prestación y pagan impuestos

El derecho a esta gratificación anual no es negociable, y es uno de los cimientos de la seguridad social en México. El Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece sin lugar a dudas que todo trabajador formal en el país tiene el derecho ineludible de recibir un pago equivalente, como mínimo, a 15 días de su salario en caso de haber completado un año de servicio.

aguinaldo

Para aquellos empleados que, al llegar la fecha límite, no han cubierto el ciclo completo de los 12 meses laborales, la ley también prevé su derecho al beneficio: el patrón deberá entregarles la parte proporcional del aguinaldo, calculada en función del tiempo trabajado.

La fecha de corte para este importante desembolso es inamovible: los patrones tienen como plazo máximo el 20 de diciembre de cada año para realizar el pago a sus empleados. En caso de que se presente cualquier tipo de omisión, retraso o incumplimiento por parte de la empresa, es fundamental que el trabajador sepa que no está solo. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) es la instancia gubernamental habilitada para ofrecer asesoría, acompañamiento y representación legal totalmente gratuita a todos los trabajadores afectados por esta falta.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano responsable de la aplicación de la política fiscal y, por ende, de confirmar que, efectivamente, el aguinaldo está sujeto a la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR). No obstante, es la propia Ley del ISR la que establece una exención generosa para proteger una porción importante de este ingreso.

El elemento matemático determinante para calcular la porción gravable es la Unidad de Medida y Actualización (UMA). De acuerdo con el Artículo 93, fracción XIV, de la LISR, esta gratificación anual está exenta de la contribución federal hasta el equivalente a 30 veces el valor diario de la UMA. Cualquier cantidad que se exceda de este tope legal será automáticamente clasificada como ingreso gravado, y sobre esa diferencia se deberá retener el impuesto correspondiente.

Para el ejercicio fiscal 2025, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) ha fijado el valor diario de la UMA en $113.14 pesos. Con esta cifra oficial como referencia, podemos determinar que el tope exento de pago del ISR se establece en un aguinaldo de $3,394.20 pesos (el resultado de multiplicar 30 por $113.14).

El Dato Clave: Si el monto total de la prestación que usted recibe es igual o inferior a los $3,394.20 pesos, la totalidad de su aguinaldo estará blindada y libre de la retención del Impuesto sobre la Renta.

aguinaldo

SAT: la cifra del aguinaldo que sí paga y cómo se aplica la retención

En la práctica, si el aguinaldo total que un trabajador recibe supera la barrera de los $3,394.20 pesos, es fundamental entender que únicamente la diferencia entre el total pagado y este tope exento será la cantidad que quedará sujeta a la retención del ISR.

  • Ejemplo Práctico: Si un trabajador recibe un aguinaldo de $10,000.00 pesos.

    • Monto exento: $3,394.20 pesos.

    • Monto gravable: $10,000.00 - $3,394.20 = $6,605.80 pesos.

    • Solo sobre los $6,605.80 pesos se realizará la retención del ISR.

La responsabilidad de realizar este cálculo preciso, aplicar la retención del impuesto correspondiente y, posteriormente, enterar ese monto al fisco, recae directamente en el patrón o empleador al momento de realizar el desembolso. De esta manera, el trabajador recibe su gratificación ya con el impuesto cubierto.

Es vital para el trabajador mexicano mantenerse informado sobre estos límites y procesos, no solo para la gestión de sus finanzas personales, sino también para asegurar que sus derechos laborales y fiscales sean cumplidos a cabalidad.

Dejá tu comentario

Te puede interesar