Esta medianoche vence el plazo para el reconocimiento de alianzas o frentes electorales, dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Partidos Políticos 23.298 (dos meses antes de la fecha de la elección, en este caso, el 23 de octubre). Con ese plazo horario, los apoderados de los partidos con personería jurídico-política deben presentar un «convenio» que formaliza la alianza o el frente. En él debe figurar en primer término el «acuerdo económico», es decir, cómo se repartirán los fondos que el Estado otorga a los partidos políticos en función de los votos obtenidos. También deben figurar en esa documentación cuáles serán los órganos de conducción -gobierno- de la entente. Lo mismo que el programa de gestión de gobierno que propone como proyecto la alianza o el frente (serían las «coincidencias programáticas», que después todos olvidan). Al día siguiente -mañana-, se da por iniciada la campaña electoral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 64 bis del Código Nacional Electoral, que explícitamente habla de 60 días antes de los comicios. Hasta el sábado 3 de setiembre a las 12 de la noche -en estas fechas la Justicia Electoral tiene asignadas horas extra- es el plazo máximo que tienen partidos, alianzas y frentes para la inscripción u oficialización de las listas de candidaturas nacionales. Es decir, la nómina con el nombre y apellido de cada uno de los candidatos a diputados y senadores nacionales.
Igual habrá mixturas. El PJ definía anoche pactos con cinco partidos, además del PAUFE, para El resto de los partidos, porque armaron frentes en julio -como el Frente para la Victoria o el Frente Cívico de
Sí, en cambio,
Según la carta orgánica partidariade la UCR, para lograr la reelección, un candidato debe obtener 50% de los votos en la interna.
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