El punto más fuerte de la exposición de • Quedan para analizar 84 casos, incluido el caso Inés Ollero, quien había sido detenida por fuerzas policiales en un colectivo. El Dr. Zaffaroni se dirigió a los organismos de seguridad, preguntando si tenían a Ollero y, como le respondieron que no, rechazó el recursos de hábeas corpus. Este fallo, confirmado por la Cámara, fue revocado el 25 de abril de 1978 por la Corte Suprema, según la cual el Dr. Zaffaroni « debió extremar la investigación adoptando las medidas necesarias» a fin de esclarecer qué había pasado con posterioridad a la detención policial. Dijo la Corte que «la institución de hábeas corpus, enderezada esencialmente a restituir la libertad en forma inmediata a quien se encontrare ilegítimamente privado de ella, exige se agoten los trámites judiciales que razonablemente aconsejan las circunstancias a fin de hacer eficaz y expeditiva la finalidad del referido instituto establecido por la Constitución y por la ley».
• En el sitio que la Asociación-Madres de Plaza de Mayo tienen en Internet, www.madres.org, aparece un «proyecto contra la impunidad» y, como parte de éste, una «denuncia de la Asociación Madres de Plaza de Mayo a los jueces que juraron por los Objetivos Básicos del Proceso de Reorganización Nacional entre 1976 y 1980». Se trata de una « denuncia criminal» contra 437 jueces a quienes se identifica como «represores del Poder Judicial». En esa lista, ordenada alfabéticamente, figura en el puesto 435: «Zaffaroni, Eugenio Raúl». Como los otros miembros de esa lista, el Dr. Zaffaroni es acusado de haber sido «partícipe necesario, en los términos del artículo 45 del Código Penal», de los delitos de privación ilegítima de la libertad; apremios ilegales; sustracción, retención y ocultamiento de personas, entre otros.
Dejá tu comentario