21 de octubre 2021 - 10:41

ExENARSA y Gas Natural Licuado: sobreseimientos tras comprobar que no hubo sobreprecios

El caso había sido archivado en septiembre de este año pero los abogados de los exfuncionarios que habían sido imputados pidieron sobreseimientos, lo que fue dispuesto por el juez Julián Ercolini.

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Una denuncia contra las exautoridades de la exENARSA, y del Ministerio de Planificación, conexa al expediente del Gas Natural Licuado (GNL), donde se incluyó una falsa pericia confeccionada por David Cohen acusado de falso testimonio agravado, terminó con el sobreseimiento de los acusados.

El caso había sido archivado en septiembre de este año pero los abogados de los exfuncionarios que habían sido imputados pidieron sobreseimientos, lo que fue dispuesto por el juez Julián Ercolini.

Así, se dictó el sobreseimiento del extitular de Enarsa Walter Rodolfo Fagyas y del exfuncionario de Planificación Roberto Baratta. También fueron sobreseídos Nilda Clementina Minutti; y Jorge Alberto Samarín.

En el caso se investigó una denuncia sobre presuntos precios superiores a los de mercado que habría abonado ENARSA en concepto de flete y seguro por el transporte del gas oil, entre el 1° de enero de 2008 y el 30 de abril de 2010, espacio temporal que luego de declararse las conexidades pertinentes fue ampliado al 15 de diciembre del año 2015.

El expediente tramitó en el juzgado federal 11 que estuvo a cargo del entonces juez Claudio Bonadio.

Ahora el juez Ercolini, que subroga ese juzgado, valoró “la vasta prueba recolectada, la que sirvió de base para señalar que las conductas investigadas no constituían delito alguno”, por lo que había archivado el caso.

La resolución remarcó que “los precios de compra de gas oil -incluyendo los valores de flete y seguro-, entre los años 2008 a 2013, fueron abonados por ENARSA a valores de mercado y, por otro, que los servicios de agenciamiento marítimo fueron facturados por las respectivas agencias a las empresas proveedoras, mas no a la firma antedicha, por cuanto no tenían vinculación contractual alguna con dicha sociedad anónima con participación estatal mayoritaria”.

“Más allá de que el precio del gasoil era muy variable y dependía de distintos factores, la auditoría llevada a cabo respecto de aquellas compras efectuadas en el marco del PET, no pudo asegurar la existencia de sobreprecios”, remarcó el magistrado.

Al mantener los argumentos de la resolución del 14 de septiembre por la que se archivó el caso, en una resolución firmada ayer, el juez dictó los sobreseimientos de quienes fueron imputados.

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